Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
23-05-2025

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250523-34

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la petición de declaración en concreto de utilidad pública para la instalación de la planta fotovoltaica Vallejón y su infraestructura de evacuación situadas en el polígono 6, en el término municipal de Cabanillas de la Sierra, solicitada por Bicura Investments, S. L.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se somete a un período de información pública de 30 días a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la petición de declaración en concreto de utilidad pública de la instalación referenciada, situada en el polígono 6, en el término municipal de Cabanillas de la Sierra, solicitada por Bicura Investments, S. L., cuyas características son las siguientes:

Referencia: 2022P292

a) Solicitante: Bicura Investments, S. L., con domicilio en avenida Bruselas, número 31, de Madrid.

b) Ubicación de la instalación: en el polígono 6 del término municipal de Cabanillas de la Sierra (28721).

c) Objeto de la instalación: construcción de una instalación de producción fotovoltaica.

d) Características principales:

— Planta fotovoltaica Vallejón de 5.629,50 kWp y 4.998 kW de potencia nominal, formada por 8.100 paneles y 3 inversores, ocupando una superficie de 6,34 hectáreas.

— Centros de transformación: 3 centros de transformación de 1.800 kVA de potencia máxima, con relación de transformación 645 V/20 kV.

— Un centro de protección y medida.

— Líneas subterráneas: 4 líneas con tensión de servicio de 20 kV y una longitud total de 1.621 metros.

La declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la misma Ley.

La toma de vista podrá realizarse durante el período de información pública, en formato digital, ante la División de Instalaciones Eléctricas y Transición Energética de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sita en la calle Ramírez de Prado, número 5 bis, de Madrid, previa petición de cita en el correo instalaciones_electricas@madrid.org

Quien lo desee podrá formular las alegaciones u observaciones que estime oportunas, dirigidas a la División de Instalaciones Eléctricas y Transición Energética de esta Dirección General y podrán presentarse en cualquier registro electrónico del sector público, oficinas de asistencia en materia de registros o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el interesado sea alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos o un representante de los mismos, en cuyo caso deberá presentarse necesariamente a través de medios electrónicos.

Lo que se hace público para el conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos afectados por dicho proyecto cuya relación se inserta al final de este asunto.

En Madrid, a 16 de mayo de 2025.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.

(02/7.949/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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