Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
27-05-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250527-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

68
Puentes Viejas. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

D. José María Martín Ramírez, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Puentes Viejas, y a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 44 del R. O. F. y disposiciones concordantes, de conformidad con la legislación vigente se da publicidad a la resolución de 14 de mayo de 2025 y que textualmente dice:

“D. José María Martín Ramírez, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Puentes Viejas (Madrid).

Puentes Viejas, a 15 de mayo de 2025.

Una vez realizada la toma de posesión del cargo de concejal de este Ayuntamiento por D. Álvaro Tomás Martínez Losa el día 14 de mayo de 2025 y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la nueva redacción dada a la misma por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación concordante, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegaciones de competencias a favor del concejal.

Considerando que de conformidad con la legislación a la que se ha hecho referencia anteriormente, esta Alcaldía puede delegar el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 21.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción actual, en los que se regulan las competencias que no pueden ser objeto de delegación.

Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas,

HE RESUELTO

Primero.—Efectuar a favor del Sr. concejal D. Álvaro Tomás Martínez Losa una delegación específica de atribuciones para la gestión de los asuntos del área que se les asigna.

Concejalía de Ciudadanía, Derechos Sociales, Educación y Deporte:

— Área de participación ciudadana y transparencia.

— Área de servicios sociales, mayores, infancia, juventud e igualdad.

— Área de educación y deportes.

Segundo.—Notificar esta resolución al concejal afectado, entendiéndose aceptada la competencia delegada de forma tácita, si dentro del plazo de las 24 horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación.

Tercero.—Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que tenga lugar, y publicar su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 44.2 del texto legal antes citado”.

Puentes Viejas, a 15 de mayo de 2025.—El alcalde, José María Martín Ramírez.

(03/7.652/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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