Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2025

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250528-53

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

CONTRATACIÓN

53
Coslada. Contratación. Mesa contratación

Por decreto de Alcaldía–Presidencia n.o 2025/2409 de 12/05/2025, relativo a la modificación de la composición de la Mesa de Contratación Permanente del Órgano Alcaldía y Junta de Gobierno Local para designar suplentes del Secretario en ausencia de don Higinio Moreno Moreno, se adoptó acuerdo con el siguiente contenido:

«1. En el decreto de Alcaldía 2025/662, de 10 de febrero, se acordó modificar la composición de la Mesa de Contratación Permanente del órgano Alcaldía y Junta de Gobierno quedando como sigue:

— Presidente:

• Titular: El tesorero del Ayuntamiento de Coslada, don Fernando Aguado Barriales.

• Suplentes: La secretaria general, doña Isabel Mónica Ayuso García; el técnico del Área de Inspección de Rentas, don Ángel Serafín Rodríguez de la Fuente (indistintamente).

— Vocales técnicos:

• Titular: Jefe/a del Departamento de Contratación del Ayuntamiento de Coslada.

• Suplente: El técnico del Área de Inspección de Rentas, don Ángel Serafín Rodríguez de la Fuente.

• Titular: El interventor/a general del Ayuntamiento de Coslada.

• Suplente: El técnico adjunto a Intervención del Ayuntamiento de Coslada (siempre que actúe en condición de interventor accidental): don Manuel Rincón Carrasco.

• Titular: El oficial mayor del Ayuntamiento de Coslada, don Teófilo Arranz Marina.

• Suplente: La secretaria general del Ayuntamiento de Coslada, doña Isabel Mónica Ayuso García.

• Titular y suplentes: El responsable del contrato que figure designado nominativamente en el Cuadro de Características Particulares (CPP) o responsables o técnicos del servicio promotor del expediente designados nominativamente en el decreto de iniciación y justificación de necesidad del expediente.

— Secretario/a:

• Titular: El jefe administrativo de Contratación del Ayuntamiento de Coslada, don Higinio Moreno Moreno.

• Suplente: Administrativo/a de Contratación.

No obstante, lo anterior, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad de los miembros designados podrán designarse otros suplentes de aquellos mediante decreto de Alcaldía que será publicado en el “perfil del contratante” con la antelación legalmente prevista.

2. Se ha publicado el decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 47, de 25 de febrero de 2025.

3. Entre los miembros designados figura como secretario titular el jefe administrativo de Contratación del Ayuntamiento de Coslada, D. Higinio Moreno Moreno, del que será suplente Administrativo/a de contratación. Para facilitar la operatividad de la Mesa de Contratación, en el Decreto 2025/1542, de 24 de marzo, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 83 de 8 de abril de 2025, y en la plataforma de contratación del sector público, se nombraba durante la ausencia de D. Higinio Moreno Moreno, entre los días 25 de marzo y 10 de abril de 2025, como miembros de la mesa en las funciones de Secretaria de la misma: Titular: la funcionaria interina, técnico de administración general, TAC, D.a Gloria Ameneiros García. Suplente: la funcionaria interina, técnico de administración general, TAC, D.a Begoña Moral Esteban.

4. La Mesa de contratación es un órgano técnico colegiado, cuya función es el examen de las ofertas, y la proposición al órgano de contratación del candidato a la adjudicación del contrato. Su intervención en determinados procedimientos de contratación es preceptiva y en otros casos, tiene carácter potestativo, salvo que expresamente la licitación prevea su participación, en cuyo caso, también es preceptiva.

5. El régimen jurídico de las Mesas de Contratación pivota sobre una regulación especial para las entidades locales expresada en la disposición adicional segunda, punto 7 de la Ley 9/2017, LCSP. En su composición requiere en las Entidades Locales, que al margen de la posible participación de cargos electos hasta 1/3, con vocales natos, el Secretario o en su caso el órgano que tenga atribuido el asesoramiento jurídico y el interventor, y resto de vocales que sean funcionarios de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación. Actuará como secretario un funcionario de la Corporación. La misma disposición adicional y apartado de la Ley 9/2017, LCSP, admite que puedan formar parte de la mesa, los funcionarios interinos, cuando no existan funcionarios de carrera suficientemente cualificados y así se acredite en el expediente.

6. El Área de contratación del Ayuntamiento de Coslada se forma por personal sujeto a régimen jurídico laboral permanente y especializado en el manejo de las herramientas y plataformas electrónicas imprescindibles para el funcionamiento de las licitaciones públicas a través de estos medios. No consta por tanto ningún funcionario de carrera adscrito a esta área.

7. La composición de la plantilla y puestos provistos en la actualidad, dispone al margen de los funcionarios de administración local, con habilitación nacional, de un número muy reducido de personal funcionarios de carrera y en unidades administrativas, diferentes al departamento de contratación y secretaria, siendo algunos de ellos de administración especial con cualificaciones técnicas y no jurídicas. En esta situación el Ayuntamiento tiene convocadas 6 plazas de TAG funcionarios de carrera, pendiente de celebrarse el proceso selectivo y nombrar a los aspirantes seleccionados funcionarios de carrera.

8. En el departamento de contratación existen funcionarias interinas, con formación jurídica, que podrían suplir como secretarias de la mesa de contratación durante la ausencia indicada de D. Higinio Moreno Moreno, que se hace necesario para el funcionamiento normal de la mesa y la contratación administrativa, constituyendo un interés público y general.

9. La previsión de la propia Disposición adicional 2.a punto 7 de la Ley 9/2017, LCSP exige que la secretaría de la mesa se ejerza por un funcionario, sin explicitar que haya de ser de carrera En otro caso, la inexistencia de otros funcionarios de carrera en las unidades administrativas indicadas, o de funcionarios no cualificados, permite cumplir el mandato de justificar en el expediente el nombramiento de funcionarios interinos. Justificación que se refuerza con el carácter de temporalidad por ausencia del secretario titular nombrado en su día.

10. La operatividad necesaria para el funcionamiento de la mesa de contratación permanente, precisa la previsión de suplencias incluido el secretario de la misma de forma nominativa, durante la ausencia de su titular, por los motivos que puedan concurrir, entre los supuestos legales y materiales que se susciten. Para ello se considera como medio más adecuado, el de incluir la misma previsión de conformación de la mesa que ya se hizo en el decreto 2025/1542 de 24 de marzo, ahora, de forma permanente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Legislación básica aplicable a las entidades locales: DA 2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Normativa supletoria aplicable por virtud del art. 149.3 de la Constitución Española e Informe JCCA 96/2018, art. 326 de la LCSP y art. 21 del RD 817/2009.

En uso de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía en materia de contratación, por la DA 2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,

HE RESUELTO

Primero.—Modificar el decreto de Alcaldía 2025/662, de 10 de febrero, respecto del nombramiento del secretario de la Mesa de Contratación Permanente del órgano Alcaldía y del órgano Junta de Gobierno Local (por delegación del alcalde), quedando constituida por:

— Presidente:

• Titular: El tesorero del Ayuntamiento de Coslada, don Fernando Aguado Barriales.

• Suplentes: La secretaria general, doña Isabel Mónica Ayuso García; el técnico del Área de Inspección de Rentas, don Ángel Serafín Rodríguez de la Fuente (indistintamente).

— Vocales técnicos:

• Titular: Jefe/a del Departamento de Contratación del Ayuntamiento de Coslada.

• Suplente: El técnico del Área de Inspección de Rentas, don Ángel Serafín Rodríguez de la Fuente.

• Titular: El interventor/a general del Ayuntamiento de Coslada.

• Suplente: El técnico adjunto a Intervención del Ayuntamiento de Coslada (siempre que actúe en condición de interventor accidental), don Manuel Rincón Carrasco.

• Titular: El oficial mayor del Ayuntamiento de Coslada, don Teófilo Arranz Marina.

• Suplente: La secretaria general del Ayuntamiento de Coslada, doña Isabel Mónica Ayuso García.

• Titular y suplentes: El responsable del contrato que figure designado nominativamente en el cuadro de características particulares (CPP) o responsables o técnicos del servicio promotor del expediente designados nominativamente en el decreto de iniciación y justificación de necesidad del expediente.

— Secretario/a:

• Titular: El jefe administrativo de Contratación del Ayuntamiento de Coslada, don Higinio Moreno Moreno.

• Suplentes: Las funcionarias interinas, Técnicas de Administración General (TAG), doña Gloria Ameneiros García, doña Begoña Moral Esteban y doña Esperanza Garzón Huertas, indistintamente.

Segundo.—A partir de este decreto, rigen los nombramientos que se realizan, manteniendo su vigencia, mientras no se modifique.

Tercero.—Publicar la modificación de la composición nominativa de la Mesa de Contratación Permanente en el “perfil del contratante” de los órganos de contratación Alcaldía y Junta de Gobierno Local así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Coslada, a 14 de marzo de 2025.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(03/7.784/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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