Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
29-05-2025

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250529-96

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

URBANISMO

96
Galapagar. Urbanismo. Estatutos entidad urbanística

Desestimación alegaciones y aprobación definitiva constitución y proyecto de estatutos EUCC Riomonte.

De conformidad con lo previsto en los artículos 24.3 y 162.4 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, se somete a información pública mediante la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2025 y que se reproduce a continuación:

“Primero.—Denegar íntegramente las alegaciones presentadas por los propietarios afectados, en base a lo dispuesto en los artículos 29, 161 y 162 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística, a la vista del escrito presentado por el Presidente de la EUCC Riomonte, el 11 de marzo de 2025 (RE 4393/2025), transcrito íntegramente en los antecedentes de la presente resolución.

Segundo.—Aprobar definitivamente la constitución y proyecto de Estatutos que regularán la composición y funcionamiento de la EUCC Riomonte, cuyo texto se transcribe en el Anexo adjunto, que se aprueba en este mismo acto.

Tercero.—Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a los propietarios y a quienes han comparecido en el expediente mediante la presentación de alegaciones a la aprobación inicial. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://sede.galapagar.es ”.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá el interesado interponer los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo un recurso de reposición, que deberá presentar dentro del plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique el presente acuerdo (o en su caso, se haya recibido esta notificación), según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común.

b) Un recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo de la ciudad de Madrid (en su caso, ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid), recurso que deberá presentar en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique este acuerdo (o en su caso, se haya recibido esta notificación), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa (LJCA).

No obstante lo anterior, puede interponer cualquier reclamación o recurso que estime pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos.

Galapagar, a 29 de abril de 2025.—La alcaldesa-presidente, Carla Isabel Greciano Barrado.

(02/6.918/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250529-96