Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
30-05-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250530-30

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

30
CORRECCIÓN de errores de 19 de mayo de 2025, de la Orden 1076/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca el proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad de Imagen y Sonido (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid.

Advertidos errores materiales en la Orden 1076/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca el proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad de Imagen y Sonido (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 110, de 9 de mayo), y de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la rectificación de los errores apreciados en los siguientes términos, permaneciendo inalterable el resto del contenido de la citada Orden 1076/2025, de 24 de abril:

En el párrafo primero del preámbulo, donde dice:

“De conformidad con lo previsto en el Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid para el año 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de mayo), y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.9 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en uso de las facultades conferidas por el artículo 11, apartado g) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de septiembre), en relación con lo recogido en el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio), esta consejería ha resuelto convocar el proceso selectivo para el acceso, a través del sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad de Gestión de Técnicas y Tecnologías del Espectáculo (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes: …”.

Debe decir:

“De conformidad con lo previsto en el Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid para el año 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de mayo), en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.9 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en uso de las facultades conferidas por el artículo 11, apartado g) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de septiembre), en relación con lo recogido en el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio), esta consejería ha resuelto convocar el proceso selectivo para el acceso, a través del sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad de Especialidad de Imagen y Sonido (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes: …”

En la base específica primera, donde dice:

“Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de tres (3) plazas para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad de Gestión de Técnicas y Tecnologías del Espectáculo (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el turno de acceso libre, correspondiendo todas ellas a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2022, aprobada por Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de mayo)”.

Debe decir:

“Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de cuatro (4) plazas para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad de Imagen y Sonido (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el turno de acceso libre, correspondiendo todas ellas a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2022, aprobada por Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de mayo)”.

En la base específica tercera, donde dice:

“1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta.1 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril), estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachillerato o el título de Técnico Superior (Formación Profesional de Grado Superior), o el título de Técnico Especialista (Formación Profesional de Segundo Grado), o cualquiera otra titulación o estudios equivalentes a alguno de los anteriores, de acuerdo con la normativa existente en la materia”.

Debe decir:

“1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta.1 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril), estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachillerato, FP II o Formación Profesional de Grado Superior o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia”.

En la base específica novena, apartado 2.2, segundo párrafo, donde dice:

“La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos, debiendo estar comprendida entre cero (0) y sesenta (60) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de treinta (30) puntos”.

Debe decir:

“La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenida en cada uno de los supuestos”.

En la base específica undécima, apartado 2, donde dice:

“2. Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes de destino de las personas aspirantes seleccionadas, se procederá a la formalización de los contratos con quienes han resultado adjudicatarios, como personal laboral al servicio de la Comunidad de Madrid en la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad de Gestión de Técnicas y Tecnologías del Espectáculo, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo a la firma de aquellos, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público”.

Debe decir:

“2. Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes de destino de las personas aspirantes seleccionadas, se procederá a la formalización de los contratos con quienes han resultado adjudicatarios, como personal laboral al servicio de la Comunidad de Madrid en la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad de Imagen y Sonido, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo a la firma de aquellos, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público”.

De acuerdo con lo previsto en la base cuarta.5 de la citada orden de convocatoria, las personas interesadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de presentar las solicitudes de participación en el proceso selectivo.

Dado en Madrid, a 19 de mayo de 2025.—La Directora General de Función Pública, por Delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 17 de abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María José Esteban Raposo.

(01/7.937/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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