Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
02-06-2025

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250602-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Collado Mediano. Régimen económico. Precios públicos

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en ejercicio de competencias delegadas por el Pleno de la entidad, y en sesión celebrada el día 7 de abril de 2025, aprobó la modificación del acuerdo regulador de los precios públicos para las entradas al Teatro Municipal de Collado Mediano, con el tenor literal siguiente:

ACUERDO REGULADOR DE PRECIOS PÚBLICOS PARA LAS ENTRADAS A EVENTOS CULTURALES ORGANIZADOS EN EL TEATRO MUNICIPAL “CARLOS SAURA” Y RECINTOS ANÁLOGOS

Artículo 1.o Fundamento legal.—Conforme a lo autorizado en el artículo 2.1.e) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento podrá establecer y exigir precios públicos para las entradas a los espectáculos culturales ofrecidos en el Teatro Municipal “Carlos Saura” y recintos análogos, que se regularán por lo dispuesto en los artículos 41 a 47 de la citada Ley y por lo preceptuado en el presente acuerdo.

Art. 2.o Objeto.—Tendrán la consideración de precios públicos las contraprestaciones pecuniarias de carácter no tributario que satisfagan los beneficiarios por la entrada a espectáculos y proyecciones organizados por el Ayuntamiento en el recinto del Teatro Municipal y análogos, los cuales pueden tener el siguiente carácter:

— Espectáculos relacionados con la música, la danza y el teatro.

— Proyecciones cinematográficas.

— Otras actividades no contempladas anteriormente.

Art. 3.o Obligados al pago.—Quedan obligados al pago de los precios públicos, regulados en este acuerdo, los beneficiarios/espectadores que asistan a los espectáculos culturales ofrecidos en el Teatro Municipal y otros recintos análogos.

En el caso de que los beneficiarios sean menores de edad, se considerará sujetos obligados al pago a los padres y/o tutores de los citados menores.

Art. 4.o Tarifas.—El precio de la entrada será fijado y anunciado públicamente antes de la función, en la publicidad del espectáculo y en la taquilla del teatro.

Los precios de las actividades y espectáculos públicos celebrados se determinarán en función del coste de las mismas, según el siguiente desglose:

La tarifa reducida será de aplicación a los menores de 16 años y a los mayores de 65 años (ambos incluidos).

Excepcionalmente, la Junta de Gobierno Local (por delegación del Pleno conferida expresamente en este acuerdo) podrá modificar los precios públicos de las entradas de determinados espectáculos, a propuesta de la Concejalía de Cultura.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

La entrada en vigor de este acuerdo supondrá la derogación de la vigente ordenanza reguladora del precio público para las entradas del Teatro Municipal Villa de Collado.

Collado Mediano, a 8 de abril de 2025.—La alcaldesa-presidenta, María de la Sierra Serrano Flórez.

(02/5.801/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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