Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
03-06-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250603-3

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

3
CORRECCIÓN de errores de la Orden 1100/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

Advertidos errores materiales en la publicación de la Orden 1100/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120, de 21 de mayo), de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la rectificación de los errores apreciados, en los siguientes términos:

Primero

En la base tercera.2, donde dice:

“2. Aquellas personas que concurran por el turno de promoción interna, además de cumplir los requisitos anteriormente señalados, deberán estar a lo dispuesto en la base sexta.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, ser personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Especialidad Ciencias Experimentales, Grupo A, Subgrupo A2, de Administración Especial, de la Comunidad de Madrid, y acreditar un mínimo de dos años de servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera en dicho cuerpo y especialidad”.

Debe decir:

“2. Aquellas personas que concurran por el turno de promoción interna, además de cumplir los requisitos anteriormente señalados, deberán estar a lo dispuesto en la base sexta.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, ser personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Medioambientales, Grupo A, Subgrupo A2, de Administración Especial, de la Comunidad de Madrid, y acreditar un mínimo de dos años de servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera en dicho cuerpo y especialidad”.

Segundo

En la base undécima.1, donde dice:

“1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Ciencias Experimentales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, integrada con aquellas personas aspirantes que hayan obtenido como mínimo el 80% de la calificación que establezca el órgano de selección para superar el primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera”.

Debe decir:

“1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, integrada con aquellas personas aspirantes que hayan obtenido como mínimo el 80% de la calificación que establezca el órgano de selección para superar el primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera”.

Tercero

Se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, exclusivamente para aquellas personas aspirantes interesadas en participar en el proceso selectivo convocado por promoción interna.

Recursos

1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, aquellas personas aspirantes que concurran al proceso de acceso libre, o ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid quienes participen en el proceso de promoción interna, de acuerdo con lo determinado en los artículos 8, 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

En Madrid, a 22 de mayo de 2025.—La Directora General de Función Pública, por delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 17 de abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María José Esteban Raposo.

(01/8.211/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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