Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
03-06-2025

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250603-41

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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EXTRACTO de la Orden 1887/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la prima compensatoria regulada en las Órdenes 2803/2001, de 26 de junio; 8326/2004, de 24 de septiembre, conforme a la Disposición Transitoria de la Orden 5970/2005, de 27 de septiembre; y 224/2006, de 24 de enero, por las que se establecen ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), según el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020.

BDNS (834674)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).

Primero

Objeto

Convocar para el año 2025 las ayudas correspondientes a las primas compensatorias de los participantes en los Programas de Forestación de Tierras Agrarias en la Comunidad de Madrid.

Segundo

Beneficiarios

Los participantes acogidos a los Programas de Forestación de Tierras Agrarias de la Comunidad de Madrid aprobados mediante las Órdenes 2803/2001, de 26 de junio; 8326/2004, de 24 de septiembre, y 224/2006, de 24 de enero.

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria fueron aprobadas mediante las Órdenes 2803/2001, de 26 de julio; 8326/2004, de 24 de septiembre, y 224/2006, de 24 de enero, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por las que se establecen ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la Comunidad de Madrid, esta última publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 35, de 10 de febrero de 2006.

Cuarto

Cuantía y financiación de las ayudas

La cuantía de las ayudas correspondiente a cada beneficiario será la establecida en la correspondiente Orden inicial de concesión de Participación en el Programa de Forestación de Tierras Agrícolas de la Comunidad de Madrid.

La financiación de esta convocatoria se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 77306 “Actuaciones Agrícolas”, del programa presupuestario 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025, por un importe de 110.000 euros.

Estas ayudas serán financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el 75 por 100, por la Administración General del Estado en el 7,5 por 100 y por la Comunidad de Madrid en el 17,5 por 100 restantes.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes de pago de la prima compensatoria, para el año 2025, es de un mes, a partir de la publicación del extracto de esta Orden de convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de mayo de 2025.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 72, de 25 de marzo de 2024), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.

(03/8.349/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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