Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
03-06-2025

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250603-81

Páginas: 12


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

OFERTAS DE EMPLEO

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Becerril de la Sierra. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de fecha 22 de mayo de 2025, se ha aprobado la convocatoria con las siguientes Bases reguladoras para cubrir una plaza de arquitecto/a mediante oposición libre, en ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2025 publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 86, de fecha 11 de abril de 2025.























Contra el presente Acuerdo que cierra la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar de fecha a fecha desde el siguiente a su notificación, ante el alcalde del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid).

Si transcurrido el plazo de un mes desde la interposición de este recurso no se ha recibido resolución expresa del mismo, este se tendrá por desestimado y se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid en el plazo de seis meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a aquel en que el alcalde tendría que haber resuelto el recurso potestativo de reposición, en la forma y con los requisitos exigidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de resolución expresa desestimatoria del recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a la recepción de la notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid.

No obstante lo anterior, se puede interponer directamente por parte de los interesados el recurso contencioso-administrativo, sin necesidad de interponer previamente el recurso potestativo de reposición, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid, en el plazo de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a la publicación de la presente, en la forma y con los requisitos exigidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que el interesado considere conveniente.

Becerril de la Sierra, a 23 de mayo de 2025.—El alcalde-presidente, José Luis Martín González.

(03/8.231/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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