Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
06-06-2025

Sección 1.2.10.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250606-1

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

ASAMBLEA DE MADRID

1
RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2025, de la Secretaría General de la Asamblea de Madrid, por la que se aprueban las listas definitivas de admitidos y excluidos del proceso selectivo para la cobertura de cuatro plazas del Cuerpo de Letrados de la Asamblea de Madrid.

Esta Secretaría General, en virtud de lo dispuesto en la Base 5.3 de la convocatoria para la cobertura de cuatro plazas del Cuerpo de Letrados, Grupo A, Subgrupo A1, del artículo 14 del Estatuto del Personal de la Asamblea de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 269 del lunes 11 de noviembre de 2024), convocada mediante Resolución de Presidencia de la Asamblea de Madrid de fecha 25 de octubre de 2024.

RESUELVE

Primero

Aprobar las listas definitivas de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas de la convocatoria para la cobertura de cuatro plazas del Cuerpo de Letrados de la Asamblea de Madrid, Grupo A, Subgrupo A1, del artículo 14 del Estatuto del Personal de la Asamblea de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 269, del lunes 11 de noviembre de 2024), convocada mediante Resolución de Presidencia de la Asamblea de Madrid, de fecha 25 de octubre de 2024.

Segundo

De conformidad con la base 5.3 de la convocatoria, se comunica que el ejercicio de la oposición, para el turno libre, se celebrará el jueves 26 de junio de 2025, a las 10:00 horas, en la Sala 2 de mayo de la Asamblea de Madrid, sita en la plaza de la Asamblea de Madrid, n.o 1, 28018 de Madrid.

El llamamiento será único para todos los aspirantes admitidos, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el día de su celebración, debiendo el citado Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto.

Tercero

La inclusión de aspirantes en la relación definitiva de admitidos al proceso selectivo no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Asamblea de Madrid de que los mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la Resolución de convocatoria. La acreditación y verificación de los mismos tendrá lugar una vez que se haya superado el proceso selectivo, tal y como se indica en los apartados 5.5 y 10 de las bases de la convocatoria (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 269 del lunes 11 de noviembre de 2024).

Cuarto

No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no figuren en la relación definitiva de admitidos a estas pruebas selectivas, que es objeto de aprobación mediante la presente Resolución.

Asimismo, los aspirantes admitidos habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos para acreditar su identidad. No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran provistos de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por el aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal de Selección.

Durante la realización del ejercicio no se permitirá la utilización de ningún dispositivo electrónico como ordenador portátil, tablet o teléfono móvil.

Igualmente, para la realización del ejercicio, los aspirantes deberán ir provistos de bolígrafo azul o negro.

Quinto

En el tablón de anuncios sito en la sede de la Asamblea de Madrid y en su página web se publicará, junto con esta Resolución, el Acuerdo del Tribunal Calificador con la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando únicamente para ellos la adaptación concedida o, en su caso, las razones de denegación, procediéndose a la notificación individualizada de las causas de denegación.

Sexto

Ordenar la publicación de la presente Resolución y los listados de admitidos y excluidos en los distintos turnos de provisión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Mesa de la Asamblea en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación.

Madrid, a 5 de junio de 2025.—El Secretario General, Antonio Lucio Gil.



(01/9.103/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.10.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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