Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
06-06-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250606-46

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

46
Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto número 7463/2025, de fecha 26 de mayo de 2025, por el que se convocan las subvenciones del ámbito de Cultura del Ayuntamiento de Alcobendas a asociaciones durante el año 2025.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

BDNS: 836014

Primero. Beneficiarias.—Las asociaciones debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas del Ayuntamiento de Alcobendas que desarrollen proyectos culturales y artísticos de calidad de interés general para el municipio.

Excepcionalmente, y con el correspondiente informe técnico que lo autorice, podrán solicitar la subvención, asociaciones en trámite de registro municipal, siempre y cuando los trámites de inscripción se hayan iniciado con anterioridad a la publicación de esta convocatoria.

Segundo. Finalidad.—Convocatoria de Subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Alcobendas a las asociaciones que realicen actividades de interés público social durante del año 2025 en régimen de concurrencia competitiva.

Estas ayudas económicas deberán fomentar actividades de interés público y social que tengan por finalidad:

— Promover y apoyar el asociacionismo, especialmente en la formación de redes asociativas y el desarrollo de servicios de interés general para la colectividad y atribuidos a la competencia local.

— Fomentar valores sociales, culturales y nuevas formas de participación ciudadana.

— Promover el crecimiento cultural cuantitativo y/o cualitativo de la ciudad.

Se consideran subvencionables las actividades culturales de utilidad o interés social relacionadas con las disciplinas artísticas y realizadas por asociaciones, sin ánimo de lucro, cuyo objeto social sea la promoción y/o difusión de la cultura, en sus variadas manifestaciones; así como aquellas actividades a realizar por asociaciones que tengan distinto objeto social que el cultural, en el marco de los programas de las Fiestas del municipio y otras manifestaciones culturales, y/o la participación, implicación u organización en actividades relacionadas con aspectos recogidos en el Reglamento de Participación Ciudadana y/o PAM.

Tercero. Bases reguladoras.—Plan Estratégico de Subvenciones vigente y Ordenanza Municipal Reguladora de las Subvenciones de Fomento del Asociaciones y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, aprobada definitivamente por el Pleno municipal, en sesión celebrada el día 27 de enero de 2009 y publicada el día 20 de febrero de 2009, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo de esta convocatoria de subvenciones está destinado a:

— Actividades culturales de especial interés y actividades a desarrollar en el marco de las fiestas del municipio, así como actividades propias de las casas regionales, en una cuantía máxima de 139.250,00 euros, con cargo a la partida 402/33400/48904 del presupuesto general vigente del Ayuntamiento de Alcobendas para el año 2025.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de subvención y el resto de documentación exigida por la Ordenanza a la que se hace referencia en el punto 1 de esta convocatoria, se presentarán en un único documento, dentro del plazo de 15 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Alcobendas, a 27 de mayo de 2025.—La concejal de Cultura del Ayuntamiento de Alcobendas, María José Ortíz Iglesias de Ussel.

(03/8.698/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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