Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
10-06-2025

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250610-24

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

24
EXTRACTO de la Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convocan ayudas económicas del programa de acogida a personas refugiadas para la realización de estudios superiores en la Universidad Complutense en el curso 2024-2025.

BDNS: 836570

De conformidad con lo previsto en los arts. 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web de la Universidad Complutense de Madrid.

Primero

Convocatoria

Se convocan en régimen de concurrencia competitiva ayudas de exención de matrícula (100 %, 50 % o 25 %) por un importe máximo de 50.000 euros para atender a estudiantes que se encuentren en situación de nuevo ingreso o de continuidad en el Programa de acogida a personas refugiadas.

Segundo

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios los estudiantes que, reuniendo los requisitos establecidos, se encuentren matriculados en un Grado o Máster en la UCM en el curso académico 2024-2025.

Tercero

Solicitudes

La solicitud se deberá cumplimentar mediante instancia general disponible en la página web de la UCM en la sede del registro electrónico: https://sede.ucm.es/ , dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de mayo de 2025.—El Rector, P. D. (Decreto Rectoral 4/2025, de 10 de marzo), la Vicerrectora de Estudiantes, Rosa María de la Fuente Fernández.

(03/8.937/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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