Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
10-06-2025

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250610-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALAFUENTE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

66
Navalafuente. Organización y funcionamiento. Reglamento Teletrabajo

El Pleno del Ayuntamiento de Navalafuente, en sesión extraordinaria celebrada el 27 de mayo de 2025, acordó la aprobación inicial y, con carácter definitivo si durante el trámite de información pública no se formulan reclamaciones, del Reglamento Regular del Teletrabajo en este Ayuntamiento.

Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), durante el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Los interesados podrán examinar el expediente de referencia que se encuentra a su disposición en las dependencias del Ayuntamiento de Navalafuente, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, y presentar, en su caso, las reclamaciones, reparos u observaciones que consideren oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.

En el caso de que no se formulen las reclamaciones, reparos u observaciones, durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará elevado automáticamente a definitivo.

En Navalafuente, a 28 de mayo de 2025.—El alcalde, Javier Rubio de Gregorio.

(03/8.644/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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