Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
10-06-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250610-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PEDREZUELA

RÉGIMEN ECONÓMICO

76
Pedrezuela. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Con fecha 24 de abril de 2025 el Pleno del Ayuntamiento de Pedrezuela acordó aprobar provisionalmente modificación del artículo 10.4 de la ordenanza municipal número 23, reguladora de la determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles, por lo que de conformidad con el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

“Artículo 10.4. Bonificación por familia numerosa.

Se establece una bonificación en la cuota íntegra del impuesto a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa, previa solicitud y acreditación de dicha condición. La bonificación se aplicará exclusivamente a la vivienda habitual en la que la unidad familiar esté empadronada, conforme a los siguientes tramos de valor catastral:

Estas bonificaciones serán acumulables con otras previstas en esta ordenanza, siempre que el total acumulado no supere el 75 % de la cuota íntegra del impuesto”.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la sede electrónica de esta entidad https://pedrezuela.sedelectronica.es/ .

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Pedrezuela, a 29 de mayo de 2025.—El alcalde, Rodrigo García Zafra.

(03/8.733/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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