Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
11-06-2025

Sección 2.110.50.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250611-35

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DEL INTERIOR

Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid

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Ministerio del Interior. Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid. Delegación funciones

Resolución de la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid por la que se acepta la cesión de competencias sancionadoras efectuada por el Ayuntamiento de Ambite.

Visto el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Ambite en sesión celebrada el día 5 de marzo de 2025, por el que se aprueba ceder a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid el ejercicio de la potestad sancionadora en relación con las infracciones a las normas de circulación cometidas dentro de su término municipal.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 84 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que establece que los Ayuntamientos podrán delegar en la Jefatura Provincial de Tráfico el ejercicio de la potestad sancionadora.

Teniendo en cuenta que esta cesión se efectúa en el marco del principio de colaboración entre Administraciones Públicas y con el objeto de garantizar una tramitación eficaz de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico.

Esta Jefatura Provincial de Tráfico, en uso de sus competencias,

RESUELVE

Primero.—Aceptar la cesión de competencias efectuada por el Ayuntamiento de Ambite, relativa al ejercicio de la potestad sancionadora en materia de tráfico respecto de las infracciones cometidas dentro de su término municipal, conforme a lo previsto en el artículo 84 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico.

Segundo.—Comunicar la presente resolución al citado Ayuntamiento, y demás autoridades competentes para la puesta en marcha de los procedimientos administrativos necesarios para su aplicación. Así como su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—La presente aceptación surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación. Tendrá vigencia indefinida mientras subsistan las causas que las motivaron.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

En Madrid, a 29 de mayo de 2025.—El jefe Provincial de Tráfico de Madrid, Cristóbal Cremades Rodríguez.

(03/8.804/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.50.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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