Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2025

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250616-26

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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EXTRACTO de la Orden 2176/2025, de 13 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato del sistema educativo español en centros privados autorizados, ubicados en territorio de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2025-2026.

BDNS: 840021

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).

Primero

Beneficiarios

Serán destinatarios de las ayudas los alumnos que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes reúnan los requisitos previstos en el artículo 4 de las bases reguladoras:

a) Estar matriculado o tener reserva de plaza para el curso completo del año escolar 2025-2026, en cualquiera de los dos cursos de Bachillerato del sistema educativo español, en régimen privado, en un centro privado autorizado por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, ubicado en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

b) No ser alumno repetidor del curso para el que se solicita la beca.

c) No superar el límite de renta per cápita familiar de 35.913 euros.

Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el curso escolar 2025-2026.

Segundo

Objeto

Becas para el estudio de Bachillerato para alumnos escolarizados en centros autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, con el nivel de Bachillerato establecido en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, en régimen privado para el curso 2025-2026 ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la presente convocatoria se recogen en la Orden 1435/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de bachillerato del sistema educativo español en centros docentes privados autorizados, ubicados en territorio de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de abril de 2025).

Cuarto

Criterios de baremación

1. Los criterios de baremación de las solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las bases reguladoras de la convocatoria, son los siguientes:

1.1. Criterio de ingresos familiares:

— Se considerará la renta anual del ejercicio económico del 2023.

— La puntuación será de 0 a 8 en función de los siguientes niveles de renta per cápita familiar:

• Renta per cápita hasta 3.000,00 euros: 8 puntos.

• Renta per cápita de 3.000,01 euros hasta 5.500,00 euros: 7,5 puntos.

• Renta per cápita de 5.500,01 euros hasta 8.000,00 euros: 7 puntos.

• Renta per cápita de 8.000,01 euros hasta 10.000,00 euros: 6,5 puntos.

• Renta per cápita de 10.000,01 euros hasta 12.500,00 euros: 6 puntos.

• Renta per cápita de 12.500,01 euros hasta 15.000,00 euros: 5,5 puntos.

• Renta per cápita de 15.000,01 euros hasta 17.500,00 euros: 5 puntos.

• Renta per cápita de 17.500,01 euros hasta 20.000,00 euros: 4,5 puntos.

• Renta per cápita de 20.000,01 euros hasta 22.500,00 euros: 4 puntos.

• Renta per cápita de 22.500,01 euros hasta 25.000,00 euros: 3,5 puntos.

• Renta per cápita de 25.000,01 euros hasta 27.500,00 euros: 3 puntos.

• Renta per cápita de 27.500,01 euros hasta 30.000,00 euros: 2,5 puntos.

• Renta per cápita de 30.000,01 euros hasta 32.500,00 euros: 2 puntos.

• Renta per cápita de 32.500,01 euros hasta 35.000,00 euros: 1 punto.

• Renta per cápita de 35.000,01 euros hasta 35.913,00 euros: 0,5 puntos.

1.2. Criterio de nota académica:

— Para los alumnos que están matriculados en la etapa de Bachillerato del sistema educativo español: la puntuación será de 0 a 2 puntos en función de la calificación final obtenida en el último curso académico finalizado a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

• Nota académica de 5 a 5,99: 0,5 puntos.

• Nota académica de 6 a 6,99: 1 punto.

• Nota académica de 7 a 8,49: 1,5 puntos.

• Nota académica de 8,5 a 10: 2 puntos.

Quinto

Cuantía de la beca

El presupuesto destinado a financiar la convocatoria de estas becas ascenderá a 43.497.750 euros.

La cuantía total de la beca será de 3.750 euros anuales, a razón de 375 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2025 a junio de 2026, ambos inclusive en los supuestos de renta per cápita familiar hasta 10.000 euros y de 2.000 euros anuales, a razón de 200 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2025 a junio de 2026, en los supuestos de renta per cápita familiar comprendida entre 10.000,01 a 35.913 euros.

En el caso de que el coste total del curso, en el que se incluyen las tarifas de matrícula, reserva de plaza y de escolaridad, sea inferior a la cuantía de la beca concedida, el importe de la beca se reducirá hasta el límite de dicho coste.

Sexto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 13 de junio de 2025.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/9.697/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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