Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
24-06-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250624-66

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDILECHA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Valdilecha. Organización y funcionamiento. Ordenanza seguridad y convivencia

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la ordenanza reguladora de seguridad y convivencia ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento:

“TÍTULO III

Vía pública, espacios deportivos, jardines y otros espacios públicos

Capítulo IV

Artículo 20.bis. Utilización Centro Joven de Valdilecha.—El Centro Joven de Valdilecha es un espacio dedicado al disfrute, aprendizaje y desarrollo de los jóvenes. Para garantizar una convivencia armoniosa y el buen uso de las instalaciones, se establecen las siguientes normas de obligado cumplimiento:

1. Uso del espacio:

— Destinatarios: Este espacio está dirigido principalmente a jóvenes de a partir de 10 años, escolarizados al menos en 5.o de primaria. Así mismo se podrán llevar a cabo iniciativas o actividades dirigidas a otras franjas de edad a desarrollar en este espacio.

— La participación en actividades organizadas por el centro es voluntaria y, en algunos casos, podrá requerir inscripción previa debido a limitaciones de aforo o material disponible.

— Cada usuario es responsable de su comportamiento dentro del centro y debe cumplir con las normas establecidas. Se espera que los usuarios actúen con respeto hacia los demás, cuiden las instalaciones y materiales, y sigan las indicaciones del personal del centro.

2. Deberes del usuario:

2.1. Respeto hacia las personas: mantener un trato respetuoso y digno hacia los responsables del espacio y otros usuarios.

Está prohibido:

— Agredir física o verbalmente a cualquier persona, así como emitir comentarios xenófobos, sexistas, violentos, ofensivos, malsonantes, incitadores al consumo de sustancias tóxicas o de carácter sexual.

2.2. Respeto hacia el material y las instalaciones:

— Mantener el material y las instalaciones en buen estado y recogidos tras su uso. Todo debe ser devuelto a su lugar correspondiente.

— Queda prohibido:

• Manchar, dañar o sustraer elementos del centro. En caso de desperfectos o pérdidas, el responsable deberá abonar o reponer el material.

• Sacar material del centro sin autorización previa del equipo de animación.

— Para el uso de materiales como la mesa multijuegos, se deberá apuntar en una lista de los monitores del espacio y respetar un tiempo máximo de 15-20 minutos por partida si hay más interesados.

2.3. Higiene: mantener una adecuada higiene personal y contribuir a la limpieza y salubridad del espacio:

— Está permitido introducir comida y bebida, siempre que los residuos sean recogidos.

2.4. Convivencia: fomentar una actitud positiva y respetuosa:

— Abstenerse de gritar o usar lenguaje inapropiado hacia otros usuarios o responsables.

Ante interrupciones reiteradas en las actividades o el incumplimiento de las normas:

— Se avisará al usuario en hasta tres ocasiones y podrá restringirse el acceso al centro.

4. Prohibiciones: está terminantemente prohibido:

— Introducir bebidas alcohólicas, tabaco o sustancias prohibidas por la ley.

— Acceder al centro bajo los efectos de alcohol o sustancias tóxicas.

Estas acciones se considerarán faltas muy graves y podrán suponer la restricción inmediata de acceso al centro durante el tiempo que se estime oportuno.

4.2. Uso de móviles y aparatos electrónicos: el uso de dispositivos electrónicos estará restringido durante la realización de actividades dirigidas, salvo acuerdo previo con el equipo de animación.

5. Incumplimiento de las normas: si un usuario incumple estas normas, el personal del centro evaluará la gravedad de los hechos y podrá:

— Restringir el acceso al Centro Joven durante un período de tiempo determinado.

— Exigir acciones comunitarias o actividades reflexivas como requisito para volver a participar.

El equipo de trabajo está autorizado a tomar medidas inmediatas ante cualquier infracción.

Estas normas tienen como objetivo principal fomentar un ambiente de respeto, seguridad y disfrute para todos los jóvenes que acudan al Centro Joven de Valdilecha. Su cumplimiento es fundamental para garantizar una experiencia positiva para todos los usuarios”.

Valdilecha, a 12 de junio de 2025.—El alcalde, José Javier López González.

(03/9.616/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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