Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2025

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250625-42

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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EXTRACTO de la Orden de 16 de junio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU” (C4.I4b).

BDNS (840681)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).

Primero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:

— Entidades sin ánimo de lucro que cuenten entre sus fines el desarrollo de actuaciones de promoción o fomento de las actividades de producción primaria y/o actividades vinculadas al desarrollo sostenible o la gestión forestal sostenible, que repercuta en el fomento de la actividad social y económica de las zonas afectadas por características demográficas adversas, que se relacionan en el Anexo I. Estas entidades deberán estar válidamente constituidas, tener domicilio en territorio de la Comunidad de Madrid, y estar debidamente inscritas en el registro correspondiente.

Segundo

Objeto

1. El objeto de estas subvenciones es financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

2. El pago de la ayuda tendrá el carácter de anticipado por importe del 100 por 100 de la ayuda concedida.

3. La finalidad de estas subvenciones es contribuir a reactivar e incentivar la actividad económica en zonas en situación de vulnerabilidad territorial y declive demográfico, mediante el desarrollo de iniciativas destinadas a la gestión y usos sostenible de los recursos forestales, generadoras de empleo y revalorizadoras del territorio, además de promover beneficios sociales locales.

Tercero

Bases reguladoras

Esta convocatoria de ayudas se regula por la Orden, de 6 de septiembre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea-Next Generation EU (C4.I4b) y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 222, del 18 de septiembre de 2023).

Esta norma ha sido modifica por la Orden de 21 de mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 140, del 13 de junio de 2024).

Cuarto

Cuantía y financiación de las ayudas

El importe máximo de las subvenciones para actuaciones será de 15.000 euros.

La ayuda económica podrá llegar hasta el 100 por 100 del total subvencionable, con el límite máximo recogido en el punto anterior, hasta agotarse los créditos presupuestarios autorizados para cada convocatoria.

Podrán subvencionarse hasta tres actuaciones por beneficiario, siempre y cuando las mismas pertenezcan a distintas tipologías de actuaciones del artículo 7 de las bases reguladoras.

Estas subvenciones se financiarán con cargo a la partida 79909 “Otras actuaciones” del Presupuesto de Gastos del Programa 942O “Reequilibrio Territorial”, del año 2025 con un importe para las entidades sin ánimo de lucro de 15.000,00 euros.

2. Esta convocatoria se desarrollará en el marco de la Inversión 4 “Gestión forestal sostenible” (submedida I4b “Otras acciones de gestión forestal sostenible”), incluida en el Componente 4: “Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU y, serán cofinanciadas en un 100 % del gasto público por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Gastos subvencionables

Serán subvencionables los gastos en los que incurran los beneficiarios de la ayuda para la realización de las siguientes actuaciones:

— Estudios cuyo objeto sea la conservación y gestión sostenible de los recursos forestales no madereros para la dinamización de la bioeconomía local, incluyendo entre otros los recursos micológicos, apícolas, plantaciones medicinales, biomasa, la ganadería extensiva…

— Cursos y acciones de formación, eventos de comunicación y sensibilización en materia de conservación y gestión de la biodiversidad, gestión sostenible de los aprovechamientos forestales, planificación turística, emprendimiento verde, impulso actividades tradicionales, turismo sostenible.

Madrid, a 16 de junio de 2025.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN

(03/9.991/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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