Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
26-06-2025

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250626-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

82
Madrid número 18. Procedimiento 694/2024

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 694/2024 entre D./Dña. OLEH LIAMENKOV y D./Dña. HANANE EL HAOUZI por un presunto delito de Lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA N.o 475/24

En Madrid, a 31 de Octubre de 2024, el Iltmo. Sr. Don Ángel José Lera Carrasco, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción 18 de esta Ciudad, habiendo visto el procedimiento de delitos leves, tramitados con el número 482/2024, sobre el presunto delito leve de lesiones, con la intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados de Oleh Liamenkov y Hanane El Haouzi, asistida de Letrado.

FALLO

Que debo condenar y condeno a Hanane El Haouzi, como autora de un delito leve de lesiones, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 2 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas de este procedimiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Leída y publicada fue la anterior sentencia, acto seguido de dictarse por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de todo lo cual doy fe.

Y para que sirva de notificación a D./Dña. OLEH LIAMENKOV expido y firmo la presente.

En Madrid, a 10 de junio de 2025.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/9.600/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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