Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
27-06-2025

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250627-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

109
Madrid número 18. Procedimiento 410/2025

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 410/2025, contra D./Dña. Juan Antonio Fernández Espinosa por un presunto delito de Amenazas y Daños, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia n° 232/25

Juez/magistrado-juez: D./Dña. Ángel José Lera Carrasco.

Lugar: Madrid.

Fecha: veintiséis de mayo de dos mil veinticinco.

Vistos por mí, D./Dña. Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez de este Juzgado de Instrucción n.o 18 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve n° 410/2025, contra D./Dña. Juan Antonio Fernández Espinosa, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a D./Dña. Juan Antonio Fernández Espinosa de los hechos aquí enjuiciados. Se declaran de oficio las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

El/la Juez/Magistrado/a Juez

Publicación.—Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública; doy fe.

Y para que sirva de notificación a D./Dña. Verónica Beatriz Giménez Viera y D./Dña. Juan Antonio Fernández Espinosa expido y firmo la presente.

En Madrid, a 09 de junio de 2025.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/9.943/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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