Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
03-07-2025

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250703-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

59
Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio núm. 1853/2025, de fecha 23 de junio, rectificado por Decreto de fecha 26 de los mismos, en los términos siguientes:

1.o Modificar el Decreto núm. 1442/2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 136, de 9 de junio de 2025), del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio, por el que se aprobó la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y se designó el Tribunal Calificador, en el proceso selectivo convocado por el Ayuntamiento de Boadilla del Monte para la cobertura, en ejecución de la OPE2024, por el turno libre, mediante el sistema de oposición, de una plaza de Técnico Superior de la Escala de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, en el sentido que se indica:

En el dispositivo 4.o, donde dice:

“Nombrar como miembros del Tribunal Calificador a las personas que a continuación se indican:

(…)

— Titular: doña Pilar Concepción Zurita Guzmán, Vicetesorera del Ayuntamiento de Boadilla del Monte. Suplente: doña Marina Menéndez Miralbés, Jefe de Dependencia de Recaudación del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (…)”.

En el dispositivo 4.o, debe decir:

“Nombrar como miembros del Tribunal Calificador a las personas que a continuación se indican:

(…)

— Titular: doña Alicia Valero Areán, Directora de Arquitectura, Urbanismo, Actividades e Industria y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Boadilla del Monte. Suplente: doña Marina Menéndez Miralbés, Jefe de Dependencia de Recaudación del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (…)”.

2.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, así como en la web municipal.

3.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente.

En Boadilla del Monte, a 23 de junio de 2025.—El primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.

(01/10.310/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250703-59