Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
04-07-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250704-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

71
Puentes Viejas. Régimen económico. Padrones fiscales

Mediante Acuerdo de Pleno, de fecha 18 de junio de 2025, se aprueban los padrones de tasas e impuestos municipales de las siguientes exacciones correspondientes al ejercicio 2025:

— Recogida basura o residuos urbanos.

— Explotaciones ganaderas.

— IAE.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria, los padrones aprobados quedan expuestos al público durante el plazo de un mes contado desde el día de su publicación y encontrándose a disposición de los interesados en la oficina auxiliar de recaudación municipal.

Durante dicho plazo, los interesados podrán examinarlos y formular alegaciones y presentar en el plazo de un mes desde el día de finalización del plazo de exposición pública, los siguientes recursos:

Con carácter previo y potestativo, recurso de reposición previsto en al artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

Reclamación económico-administrativa que tendrá carácter preceptivo previo al recurso contencioso-administrativo, prevista en el artículo 137 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley 57/2003, de Medidas parar la Modernización del Gobierno Local.

No se podrán simultanear ambos recursos. En caso de que sea así se atenderá el presentado en primer lugar desestimándose el segundo.

Cualquier otro recurso que estime procedente.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva al amparo de lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

Puentes Viejas, a 25 de junio de 2025.—El alcalde, José María Martín Ramírez.

(01/10.405/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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