Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
08-07-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250708-55

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

55
Alcorcón. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

En relación con el proceso selectivo que está llevando a cabo este Ayuntamiento para proveer, mediante concurso-oposición libre, una plaza de Oficial/a, puesto de trabajo Oficial/a Fontanero/a, se pone en conocimiento de los interesados lo siguiente:

Primero.—Que por la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 3 de junio de 2025, se aprobó la convocatoria anteriormente citada, cuyo literal es el siguiente:

“CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS PARA LA COBERTURA DE 1 PLAZA DE OFICIAL/A, PUESTO DE TRABAJO DE OFICAL/A FONTANERO/A, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE PARA EL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

1. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente Convocatoria la cobertura de 1 plaza de Oficial/a, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento.

— Clasificación: Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Oficios, Oficial/a.

— N.o de Plazas: Una (1).

El número de plazas podrá incrementarse con las que resulten vacantes, por cualquier causa, de conformidad a lo establecido en el apartado 1.5 de las Bases Generales que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso como funcionarios de carrera a las escalas de Administración General y Administración Especial del Ayuntamiento de Alcorcón (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12/10/2019).

— Denominación del PT correspondiente: Oficial/a Fontanero/a.

— Procedimiento de Selección: Concurso-Oposición.

Esta plaza está incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2022 del Ayuntamiento de Alcorcón publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 12 de agosto de 2022, modificada según publicación del 11 de octubre de 2022.

Las características del PT asociado en la RPT son las siguientes:

2. Normativa

En lo no previsto en estas Bases se estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TRLEBEP) aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en las Bases Generales que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso como funcionarios de carrera a las escalas de Administración General y Administración Especial del Ayuntamiento de Alcorcón (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12/10/2019), modificadas por Acuerdo de JGL de fecha 18 de enero de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3/2/2022), y demás normativa de aplicación.

3. Derechos de examen

Para proceder al pago de la tasa por derechos de examen, consulte el documento “Instrucciones para el pago de tasas de examen” disponible en el apartado de Empleo Público de la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).

La tasa corresponde a la Tarifa “Plazas del Grupo C2 y asimilados”.

En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la Convocatoria por causa imputable a la persona interesada, ni tampoco por la no presentación a las pruebas selectivas.

4. Requisitos de las personas aspirantes

Para ser admitidos/as, además de los requisitos establecidos en el apartado 3.1 de las Bases Generales, los/as aspirantes deberán cumplir los requisitos de carácter general establecidos en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Además, como requisitos específicos en esta convocatoria será necesario que las personas aspirantes estén en posesión de:

— Título de Graduado en ESO o equivalente. Equivaldrá al título un certificado acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo, emitido por el organismo público competente, junto con el justificante de liquidación del pago de las tasas académicas por su expedición.

— Permiso de conducir clase B en vigor.

Los requisitos establecidos en la presente convocatoria deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la Convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Para ser admitidas, las personas aspirantes deberán presentar:

a) Anexo II. Solicitud, que puede descargarse en la web municipal y que incluye declaración responsable de cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Fotocopia del D.N.I.

c) Fotocopia del permiso de conducir señalado en el apartado 4.

d) Justificante del pago de los derechos de examen o, en caso de exención del mismo, Anexo IV. Declaración responsable y certificado/s correspondiente/s.

La documentación que las personas aspirantes deseen hacer valer en el concurso se presentará en el plazo de 10 días naturales a contar desde la publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición, plazo que será debidamente publicado en la página web.

Por tanto, no hay que aportar ni el Anexo III ni la documentación del concurso en el momento de presentación de la solicitud.

6. Publicaciones en el tablón de anuncios

Todas las referencias hechas al “Tablón de Anuncios” en las Bases Generales, deberán entenderse realizadas a la web municipal.

7. Lugar de presentación de solicitudes

Las solicitudes, según Anexo II, se presentarán en el Registro Electrónico o en el Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón, dentro del plazo indicado en el apartado 5. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el resto de documentación exigida.

Para las solicitudes presentadas en formato electrónico, la documentación deberá adjuntarse únicamente en formato pdf. Por motivos de seguridad, no se admitirá ningún documento al que hubiera que acceder mediante un enlace a la nube.

8. Admisión de personas candidatas

Se aplicará lo previsto en el apartado 5 de las Bases Generales, salvo la designación nominal del Tribunal Seleccionador y el lugar, fecha y horas del comienzo del proceso selectivo, que se harán públicos únicamente en la Web municipal tras la publicación de la relación definitiva prevista en el apartado 5.4 de las Bases Generales.

La inclusión de las personas aspirantes en los listados provisionales y definitivos de admitidos no implica la verificación del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, que deberán ser acreditados documentalmente por las personas propuestas para el nombramiento antes del mismo.

9. Órgano de selección

El Tribunal de Selección estará compuesto por un/a Presidente/a, un/a Secretario/a y tres Vocales, así como una persona suplente por cada una de ellas.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se aplicará la paridad entre mujer y hombre.

La designación de sus miembros será predominantemente técnica y los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. La designación de los/as miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivos/as suplentes.

En caso de ser necesario, se permite la participación, intervención y/o asesoramiento en el Tribunal, de personal asesor especializado, en base al apartado 6.12 de las Bases Generales bases generales que habrán de regir las pruebas selectivas para el ingreso o acceso, como funcionario de carrera, a las escalas de Administración General y Administración Especial de este Ayuntamiento, a la Orden 1285/99 de la Consejería de Hacienda y al punto 7.o de la Orden 1175/1988 de la Consejería de Hacienda.

10. Sistema de selección y calificación

El sistema de selección será el de concurso-oposición. Primero se realizará la fase de oposición y posteriormente la de concurso.

A. Fase de oposición:

Esta fase estará compuesta por 2 ejercicios de carácter sucesivo, obligatorio y eliminatorio. La puntuación máxima será de 70 puntos.

A.1. Primer ejercicio: Prueba práctica.

Consistirá en una o varias pruebas prácticas relacionadas con el oficio de fontanero que serán propuestas por el Órgano de Selección en el momento de realización de la prueba.

La prueba práctica se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes de su comienzo. En el caso de constar de varias partes, el Tribunal informará de la baremación particular de cada una de ellas previamente a su realización. En cualquier caso, la duración no superará las 2 horas.

Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación igual o superior a 17,50 puntos.

Las puntuaciones obtenidas se harán públicas en la página web municipal. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.

A.2. Segundo ejercicio: Test.

A esta prueba solamente podrán acceder aquellos/as aspirantes que hayan superado el primer ejercicio.

Consistirá en la realización de una prueba tipo test, consistente en responder 50 preguntas, más 5 preguntas de reserva, con 3 respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, sobre la totalidad del temario indicado en el Anexo I.

Cada respuesta contestada de forma acertada puntuará 0,70 puntos, la contesta da erróneamente restará 0,35 puntos y las que estén en blanco no puntuarán.

Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as aspirantes antes del comienzo del mismo. En cualquier caso, la duración no superará los 60 minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación igual o superior a 17,50 puntos.

Las puntuaciones obtenidas se harán públicas en la página web municipal. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.

B. Fase de concurso.

Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

En el plazo de 10 días naturales a contar desde la publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición, las personas aspirantes deberán aportar los méritos que deseen hacer valer en el concurso. Para ello presentarán, en los lugares indicados en el apartado 7 de estas Bases específicas, el Anexo III en el que detallarán sus méritos, que deben ser justificados mediante la aportación de los documentos indicados a continuación:

— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría desempeñada.

— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.

Solo se podrán valorar aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias.

La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos profesionales y de formación acreditados por los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, hasta un máximo de 30 puntos, conforme al siguiente baremo:

B.1. Antigüedad.

La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.

— Por haber desempeñado Puestos de Trabajo como empleado/a público/a, a razón de 1 punto por cada año completo o fracción superior a 6 meses.

B.2. Experiencia profesional.

La puntuación máxima en este apartado será de 18 puntos.

— Por haber desempeñado el puesto de trabajo de oficial/a fontanero/a, a razón de 0,21 puntos por cada mes trabajado.

— Por haber desempeñado puestos de trabajo distintos al convocado vinculados al oficio de fontanería, a razón de 0,06 puntos por cada mes trabajado.

En el caso de que la denominación del puesto de trabajo no permita deducir si la experiencia es en el oficio mencionado, para poder puntuar en este apartado la persona interesada deberá presentar un certificado o declaración jurada de la administración o empresa en la que haya trabajado donde consten las funciones desempeñadas con el fin de que el Órgano Seleccionador pueda valorar la equivalencia.

Será computable el tiempo en el que se haya permanecido desempeñando provisionalmente el puesto de trabajo mediante comisión de servicio, desempeño accidental o similar. En ningún caso se podrá valorar como experiencia la realización de funciones de superior retribución.

B.3. Formación.

La puntuación máxima en este apartado serán 7 puntos.

B.3.1. Titulaciones oficiales.

Por acreditar titulaciones académicas superiores a la exigida, máximo 2 puntos. Se puntuará únicamente por la de nivel superior.

— Título de Bachiller, o equivalente: 0,5 punto.

— Título de Técnico Superior, o equivalente: 1 punto.

— Título de Diplomando, Grado universitario o equivalentes: 1,5 puntos.

— Título de Máster universitario, Licenciatura, Ingenierías Superiores y Arquitectura superior: 2 puntos.

B.3.2. Cursos.

Por la realización de cursos de formación, a razón de 0,01 puntos por hora efectiva de formación, hasta un máximo de 5 puntos.

Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, que versen sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir.

— Los cursos de una duración inferior a 20 horas no serán objeto de valoración.

— Cuando se hayan realizado varias ediciones de un curso cuya denominación coincida solo se valorará uno de ellos.

— No serán puntuables los cursos que no indiquen su duración en horas, o los que indiquen una duración de fecha a fecha o en días sin especificación de número de horas de duración.

— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de formación con las Administraciones Públicas, así como los impartidos por Universidades o en colaboración con éstas.

— Los cursos que tengan relación con la Prevención de Riesgos Laborales o Igualdad, se valorarán hasta un máximo de 0,5 puntos en total. Los cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido esté referido al puesto que se convoca se puntuarán de forma general, no dentro de este apartado.

B.4. Calificación de la fase de concurso.

La calificación final de la fase de concurso será el resultado de la suma aritmética de la puntuación obtenida en el apartado de antigüedad y experiencia profesional más la obtenida en el apartado de formación.

Las puntuaciones obtenidas se harán públicas en la página web municipal. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.

C. Puntuación Definitiva.

La puntuación final se obtendrá a partir de la suma de la fase de oposición y la fase de concurso.

El Tribunal hará pública en la web municipal la lista de aspirantes por orden de puntuación final. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.

Pasado este plazo, el Tribunal hará pública en la web municipal la lista definitiva por orden de puntuación, y la propuesta de nombramiento a favor de los/as aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación total, hasta cubrir, como máximo, el número de plazas ofertadas.

En caso de empate el orden de prelación será el siguiente:

— Mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.

— Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional de la fase de concurso.

— Mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

— Mayor puntuación en el apartado formación de la fase de concurso.

En caso de persistir el empate, se realizará sorteo.

11. Nombramiento

Las personas propuestas por el Tribunal presentarán en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de 10 días naturales, computados desde el siguiente a la publicación del anuncio con la propuesta de nombramiento, los documentos (original y copia) que acrediten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, según declaración responsable realizada con la firma de la solicitud para la participación en este proceso selectivo.

Si de la documentación presentada se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, si dicha documentación no es presentada en el plazo señalado, si renuncia, o si existen circunstancias sobrevenidas que imposibiliten la incorporación antes del nombramiento, las personas serán excluidas del proceso selectivo, perdiendo el derecho al nombramiento y pudiendo recaer el mismo en la siguiente persona de la lista por orden de puntuación, para lo que se solicitará al Tribunal de Selección una relación complementaria de los/las aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios/as.

12. Bolsa de trabajo

Las personas aspirantes que hubieran superado alguno de los ejercicios de la fase de oposición formarán parte de una Bolsa de trabajo para cubrir el puesto de Oficial/a Fontanero/a.

Ocuparán los primeros puestos de la lista aquellas personas que hayan superado los dos ejercicios de la fase de oposición ordenados de mayor a menor nota. Para aquellas personas empatadas, el orden se establecerá por mayor nota en el primer ejercicio. A continuación, aparecerán las personas que solo hayan aprobado el primer ejercicio, ordenados de mayor a menor nota. En caso de empate se realizará sorteo.

La bolsa que resulte de esta Convocatoria será sustituida por cualquier otra posterior que se convoque o que resulte de una Convocatoria de selección de plazas fijas.

En todo caso, deberá ser sustituida por una nueva bolsa en el plazo de tres años desde la fecha de la resolución que la apruebe. Excepcionalmente y por motivos de necesidad del Servicio podrá prorrogarse esta vigencia por un año más.

La inclusión de una persona en la bolsa no implica la verificación de requisitos necesarios para el ingreso en la función pública. Dicha verificación se realizará cuando las personas que forman parte de esta bolsa sean llamadas, momento en el que deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos los documentos (original y copia) que acrediten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, según declaración responsable realizada con la firma de la solicitud para la participación en este proceso selectivo.

Si de la documentación presentada se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, perderán el derecho al nombramiento y a formar parte de la bolsa.

ANEXO I

TEMARIO

Se tomará como referencia legal/normativa/procedimental la fecha de publicación de la convocatoria. No será tenida en cuenta cualquier modificación en el contenido de alguno de los temas de este anexo que se realice posterior a esta fecha.

1. La Constitución Española: Estructura y contenido. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías y suspensión.

2. El personal al servicio de la Administración Pública según el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (I): Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas.

3. El personal al servicio de la Administración Pública según el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (II): Derechos de los empleados públicos. Derechos retributivos. Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones.

4. Competencias y organización de los municipios. Órganos de gobierno.

5. La Organización del Ayuntamiento de Alcorcón. Concejalías. Centros municipales: situación y servicios.

6. Conceptos fundamentales en fontanería. Caudales y consumos, velocidad, desplazamiento del agua, relación entre caudal, velocidad y sección. Presión, relación presión-altura, pérdidas de carga, golpe de ariete.

7. Máquinas y herramientas propias del oficio. Clases y características.

8. Instalaciones de agua caliente sanitaria. Tipos, materiales y características.

9. Red de evacuación y desagües. Instalación, dimensionamiento y materiales.

10. Tratamientos del agua. Composición del agua de consumo, descalcificación, desmineralización, PH, generalidades sobre los equipos de tratamiento de agua.

11. Interpretación de planos e instalaciones en trabajos de fontanería. Funciones sanitarias y espacios higiénicos.

12. Diseño y montaje de instalaciones, dimensionamiento y caudales mínimos en aparatos domésticos.

13. Elementos de las instalaciones. Tuberías y accesorios, válvulas y dispositivos de control, grifería sanitaria, contadores, aljibes.

14. Bombas y grupos de presión. Tipos y funcionamiento de las bombas, componentes de un grupo de presión.

15. Corrosiones e incrustaciones. Tipos de corrosión, medidas de prevención y protección.

16. Válvulas de conexión. Tipo de válvulas de conexión existentes en el mercado. Válvulas de enlace rápido, características y despiece. Bocas de riego: características y despiece. Montaje e instalación de las válvulas.

17. Válvulas de regulación y corte. Tipo de válvulas de regulación existentes en el mercado. Tipo de válvulas de corte existentes en el mercado. Características y despiece de cada una de ellas. Montaje e instalación de las válvulas.

18. Trabajos con tubería de PE. Características de las tuberías de polietileno. Tipo y calidades en PE. Conexión de una tubería de PE a una boca de riego: accesorios a utilizar. Herramientas y/o maquinaria necesaria.

19. Trabajos con tubería de fundición dúctil. Características y diámetros más utilizados en tuberías de fundición dúctil. Accesorios más comunes. Conexión a una boca de riego: forma de conexión y materiales a utilizar. Herramientas y/o maquinaria necesaria.

20. Soldaduras. Tipos, materiales a emplear y técnicas.

21. Seguridad y salud. Riesgos más usuales en trabajos de fontanería. Manipulación de cargas. Realización de esfuerzos. Trabajos con equipos de soldadura. Uso de equipos de protección individual. Primeros auxilios.

22. Mantenimiento de fontanería. Tipos de mantenimiento: correctivo, preventivo y predictivo. Planes de mantenimiento preventivo de equipos e instalaciones.

23. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación”.

Los anexos II, III y IV correspondientes a esta convocatoria podrán descargarse en la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).

Segundo

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Alcorcón, a 25 de junio de 2025.—El concejal-delegado Recursos Humanos y Atención Ciudadana, Miguel Ángel Palacios Retamosa.

(01/10.541/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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