Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
10-07-2025

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250710-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Cercedilla. Régimen económico. Padrón fiscal

Habiendo sido aprobado por decreto de Alcaldía, el día 28 de junio de 2025, se encuentra expuesto al público, en las oficinas de este Ayuntamiento, el padrón cobratorio de: suministro aguas, cuarto trimestre 2024. El plazo de exposición será de 20 hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.

Comenzará el inicio de pago en período voluntario el día 1 de julio de 2025 hasta el día 31 de agosto de 2025, ambos inclusive. Los recibos se encontrarán al cobro, en período voluntario, en cualquier oficina bancaria de las siguientes entidades: BBVA, Santander y en la sede electrónica ( www.cercedilla.es ), y en las oficinas de Correos mediante el pago de la contraprestación exigida por esa empresa por prestar el servicio.

Se advierte expresamente que la no recepción del recibo o recibos no exime de la obligación del pago de los mismos.

Transcurrido el plazo de pago en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo correspondiente, los intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria.

Contra los datos del padrón expuesto, podrá interponerse recurso de reposición o cualquier otro que se estime conveniente ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día inmediato siguiente al del término del período de exposición del mismo.

Cercedilla, a 30 de junio de 2025.—El alcalde, David Martín Molpeceres.

(01/10.746/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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