Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
15-07-2025

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250715-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

RÉGIMEN ECONÓMICO

78
San Martín de la Vega. Régimen económico. Precio público

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), se hace público que por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 11 de junio de 2025, se adoptó la modificación del texto regulador del precio público por prestación de servicios.

El texto íntegro de la modificación efectuada es el siguiente:

Se modifica el artículo 3, epígrafe G), apartado 1, con la siguiente redacción:

2.o l artículo 3.o, epígrafe G, apartado 1, queda redactado como sigue:

“1. Piscina al aire libre:

Los jubilados, personas con discapacidad y desempleados, abonarán la tarifa infantil, siempre y cuando se justifique su situación mediante documentación acreditativa de la Seguridad Social, IMSERSO, SEPE o Comunidad Autónoma.

A efectos del apartado anterior, se consideran personas con discapacidad aquellas cuyo grado sea igual o superior al 33 por 100. Aquellas personas con discapacidad superior al 65 por 100 tendrán derecho, junto con su acompañante, a entrar gratuitamente en las instalaciones de la piscina municipal al aire libre.

Los menores de 16 años con discapacidad reconocida igual o superior al 33 por 100 tendrán derecho a entrar gratuitamente en las instalaciones de la piscina municipal al aire libre”.

3.o Exponer al público el Acuerdo de modificación del texto regulador del precio público por prestación de servicios, que se insertará en el tablón de edictos, sede electrónica y página web municipal durante el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro del cual las personas interesadas podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Contra este acuerdo definitivo, que agota la vía administrativa, podrá interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente.

San Martín de la Vega, a 3 de julio de 2025.—El alcalde-presidente, Rafael Martínez Pérez.

(01/11.075/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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