Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
18-07-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250718-47

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Se hace público para general conocimiento que, la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid), el día 8 de julio de 2025, ha dictado el decreto/resolución número 2337/2025, de avocación de competencias en el expediente de contratación “Suministro por el método de arrendamiento sin opción de compra, de equipos multifunción para el Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid)”, cuya parte resolutiva es la siguiente:

Primero.—Avocar la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local en virtud del decreto de Alcaldía número 1974/2023, de fecha 23 de junio, para dictar el presente acto administrativo de convalidación de las propuestas de clasificación de ofertas y requerimiento de documentación del contrato administrativo de suministro por el método de arrendamiento, sin opción de compra, de equipos multifunción para el Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid) , formuladas por la Mesa de Contratación en su sesión de fecha 7 de julio de 2025, por razones de eficacia y conveniencia, y con el fin de no sujetar la producción del acto a requisitos de convocatoria y de celebración de sesión de la Junta de Gobierno Local, que no pueden ser atendidos por la urgencia y falta de tiempo material para continuar con la tramitación del expediente de contratación.

Segundo.—La avocación surtirá efectos en el momento en el que se suscriba el presente acto administrativo, independientemente del momento de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Convalidar en todos sus términos, las propuestas de clasificación de ofertas y requerimiento de documentación del contrato administrativo de suministro por el método de arrendamiento, sin opción de compra, de equipos multifunción para el Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid) formuladas por la Mesa de Contratación en su sesión de fecha 7 de julio de 2025, así como los actos administrativos derivados de las mismas y otorgar eficacia retroactiva al presente decreto de convalidación al cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 39.3 de la de la LPACAP.

Cuarto.—Publicar el presente decreto en el “perfil del contratante” del del Órgano de Contratación, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

Quinto.—Contra el acto de avocación, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca su notificación o publicación, según los casos; o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado de igual forma, y conforme a las normas de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Frente al fondo del asunto objeto del presente decreto no cabe recurso al tratarse acto de trámite.

Sexto.—Dar cuenta del presente decreto al Pleno del Ayuntamiento, en la primera sesión ordinaria que celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del ROF.

Séptimo.—Comunicarla en extracto a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad de Madrid.

Octavo.—Clasificar, las proposiciones del procedimiento de adjudicación del contrato administrativo de suministro por el método de arrendamiento, sin opción de compra, de equipos multifunción para el Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid) conforme sigue:

1.a y única Ricoh España, S. L. U.

Noveno.—Notificar y requerir a la sociedad mercantil propuesta adjudicataria del contrato Ricoh España, S. L. U. (B-82080177), por ser la licitadora con la mejor puntuación obtenida y la única presentada, para que de conformidad con lo previsto en la cláusula 4.7 y 4.8 del PCAP y en el artículo 150.4 de la LCSP, presente dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el envío de la comunicación, la siguiente documentación:

— Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributaras y con la Seguridad social (actualizados como mínimo a fecha del envío de la comunicación del requerimiento de documentación):

— Alta en el IAE o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.

— Justificante de haber constituido la garantía definitiva por importe de 23.362,52 euros.

— Seguro de responsabilidad civil en vigor, junto con el justificante de pago, con la cobertura mínima exigida en la cláusula 9.5 del PCAP.

— Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario: Escritura de constitución de sociedad y/o apoderamiento del representante legal de la sociedad, junto con su DNI.

— Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera, técnica y profesional (ver cláusula 2.4.3.1 2.4.3.2 del PCAP).

— Se incorporará de oficio al expediente el informe relativo a las posibles deudas contraída por la empresa y el Ayuntamiento de Arroyomolinos.

Décimo.—De no cumplimentarse el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta en los términos establecidos en el artículo 150.4 de la LCSP, imponiendo las penalidades que se estimen en su caso y se procederá a declarar desierta la licitación al no haber más licitadores en la misma.

Décimo-primero.—Comunicar el presente acuerdo a la Tesorería municipal.

Décimo-segundo.—Autorizar al Jefe de Negociado de Contratación del Ayuntamiento de Griñón como representante de la encomienda de gestión para la contratación suscrita entre el Ayuntamiento de Arroyomolinos y el Ayuntamiento de Griñón, para que informe sobre el cumplimiento o no de la documentación que aporte la empresa propuesta adjudicataria en relación al punto segundo, y se dé cuenta a los miembros de la Mesa de Contratación.

Décimo-tercero.—Autorizar a la secretaria suplente de la mesa para que actualice el expediente de referencia en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en cualquiera de sus fases.

Décimo-cuarto.—Publicar el acta de la Mesa de Contratación en el Perfil del Contratante ubicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público y cursar posterior requerimiento de documentación a la mercantil propuesta adjudicataria del contrato mediante notificación por medios electrónicos a través de la herramienta de la citada plataforma.

Lo que se dicta en Arroyomolinos, el día de la fecha de la firma electrónica inserta en el cajetín de numeración de este decreto, en la parte superior del mismo.

En Arroyomolinos, a 8 de julio de 2025.—El alcalde-presidente, Luis Quiroga Toledo.

(03/11.322/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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