Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
22-07-2025

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250722-13

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

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EXTRACTO de la Resolución de 9 de julio de 2025, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convocan ayudas propias UCM adicionales de matrícula en estudios oficiales de grado y máster curso 2024-25.

BDNS: 845924

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web de la Universidad Complutense de Madrid.

Primero

Convocatoria

De acuerdo al convenio suscrito entre la CAM y la UCM para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula y de ayudas adicionales, se convocan en régimen de concurrencia competitiva ayudas económicas por un importe máximo de 74.000 euros para atender a estudiantes en situaciones socioeconómicas desfavorables y que cumplan los requisitos establecidos en dicho convenio.

Segundo

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios los estudiantes que, reuniendo los requisitos establecidos, se encuentren matriculados en estudios oficiales de grado y máster de la UCM, impartidos en centros propios de la UCM durante el curso académico 2024-25.

Tercero

Solicitudes

La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la dirección https://www.ucm.es/becas-ayudas , siendo el plazo de presentación de 10 hábiles siguientes a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Características de las ayudas

Las ayudas consistirán en la exención del 100 por 100, 75 por 100 o 50 por 100 del importe a abonar por el estudiante por los créditos matriculados en el curso 2024-25, según el coeficiente de prelación obtenido y teniendo en cuenta el crédito disponible, la comisión de valoración podrá distribuir las ayudas en tres tramos correspondientes a los porcentajes señalados.

Madrid, a 9 de julio de 2025.—El Rector, P. D. (Decreto Rectoral 4/2025, de 10 de marzo), la Vicerrectora de Estudiantes, Rosa María de la Fuente Fernández.

(03/11.673/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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