Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
22-07-2025

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250722-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

7
ORDEN de 9 de julio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.

Mediante la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de fecha 7 de marzo de 2024, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96 de 14 de marzo de 2024).

En estos momentos se ha considerado conveniente incluir una nueva línea de subvenciones en régimen de concesión directa denominada «Subvención dirigida a la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte. Concesión Directa para el Fortalecimiento del Proyecto “Cuídame”», con el fin de dar respuesta al envejecimiento, la despoblación y la soledad no deseada en el medio rural, así como generar empleo y servir de foco de atracción de nueva población al territorio a través del “cuidado”, especialmente en municipios con riesgo de despoblación.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

DISPONGO

Primero

Objeto de la Orden

Modificar la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025, en el siguiente sentido:

Uno. Se añade un nuevo epígrafe XI al apartado 6.5.b) del anexo de la citada Orden con el siguiente contenido:

«SUBVENCIÓN DIRIGIDA A LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SIERRA NORTE. CONCESIÓN DIRECTA PARA EL FORTALECIMIENTO DEL PROYECTO “CUÍDAME”

1. Área competencial y sectores a los que se dirige: Mancomunidad de Servicios Sierra Norte, compuesta por 42 municipios.

2. Objetivos y efectos perseguidos: El objetivo es mantener el arraigo de la población en municipios o núcleos históricos de población de menos de 2500 habitantes, derivada del cambio demográfico, reforzando una red de cuidados que permita dar respuesta al envejecimiento, la despoblación y la soledad no deseada en el medio rural, permitiendo consolidar un sistema de servicios personales desde la perspectiva de la persona no dependiente y su entorno, evitando el abandono de sus hogares y generando empleo, lo que a su vez atrae población y reequilibra el desarrollo de las zonas más vulnerables.

3. Plazo de ejecución: Años 2025-2026.

4. Costes previsibles y fuentes de financiación:

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 942O, subconcepto 46309 “Subvenciones a Corporaciones Locales”.

La fuente de financiación proviene exclusivamente de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

5. Plan de acción y seguimiento y evaluación: El Plan de acción y el seguimiento y evaluación, se realizarán en los términos previstos en el convenio de colaboración que está previsto celebrar con la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte».

Segundo

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

Publicidad

Esta Orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de julio de 2025.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN

(03/11.429/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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