Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
23-07-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250723-56

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

56
Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17 de julio de 2025, en sesión extraordinaria y urgente por la que se convoca a través del procedimiento de concurrencia competitiva las ayudas destinadas a subvencionar parcialmente el coste de la 1.a hora de aparcamiento en los parkings ubicados en el área comercial urbana de Pozuelo Pueblo.

Número de Registro de la BDNS: 847047

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero. Objeto.—El objeto de la convocatoria es regular la concesión de ayudas por parte del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, destinadas a financiar parcialmente el coste de la primera hora de aparcamiento en los Parkings ubicados en el Área Comercial Urbana de Pozuelo Pueblo, así como la selección de entidades colaboradoras que participan en la gestión de la actividad.

La finalidad de la subvención es la dinamización y el fomento del consumo en el comercio de proximidad de la zona, ofreciendo a los comercios la posibilidad de otorgar a los clientes, una vez realizada la compra, la primera hora de aparcamiento gratuito, y, con ello, fomentar el consumo en el comercio de proximidad.

Segundo. Entidades colaboradoras.—A los efectos de esta convocatoria, podrán ser entidades colaboradoras aquellas entidades privadas con personalidad jurídica, válidamente constituidas, así como los empresarios individuales, siempre que reúnan todos y cada uno de los requisitos que se establecen en este capítulo.

Las entidades colaboradoras actuarán en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos relacionados con las ayudas, colaborando en la gestión de estas.

En su relación con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, las entidades colaboradoras realizarán las siguientes funciones:

1.o Actuar de enlace entre los solicitantes de las ayudas y la Concejalía de Comercio, Consumo, Empleo, Desarrollo Empresarial y Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

2.o Promoción de la campaña entre comerciantes y clientes.

3.o Venta y distribución de los tickets a los comercios beneficiarios previa comprobación de la cuantía máxima otorgada a cada comercio en la resolución de concesión y durante un plazo máximo de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución.

4.o Aplicación directa del 50 % la ayuda concedida, anticipado por el Ayuntamiento y adelanto del 50 % restante en la factura de la venta de tickets, de manera que el beneficiario desembolse únicamente la cuantía del ticket no subvencionada.

5.o Informar de la fecha de caducidad de los tickets (30 de septiembre de 26).

6.o Presentación de la documentación justificativa de la ayuda ante el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en el plazo máximo de15 días naturales, contado a partir del día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de adquisición de los tickets por los comerciantes.

7.o Custodiar los tickets recibidos que podrán ser solicitados por el Ayuntamiento a fin de comprobación.

8.o Las entidades colaboradoras deberán distribuir el anticipo del 50 % abonado por el Ayuntamiento en el momento de adquisición de los tickets por parte de los beneficiarios y anticipar a su vez el 50 % restante, que será abonado a la entidad colaboradora una vez sea presentada y aprobada la correspondiente cuenta justificativa.

Tercero. Requisitos entidades.—A los efectos de esta convocatoria, podrán ser entidades colaboradoras aquellas entidades privadas con personalidad jurídica, válidamente constituidas, así como los empresarios individuales, que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

9.1. Que tramiten la solicitud de adhesión en el plazo establecido en el apartado 10.1 de esta convocatoria.

9.2. Que ostenten la gestión de un aparcamiento público ubicado en la Zona Comercial Urbana de Pozuelo de Alarcón Pueblo, relacionada en el Anexo I, que será comprobado de oficio.

9.3. Que acrediten las siguientes condiciones de solvencia y eficacia:

— Solvencia económica y financiera: se entenderá acreditada con un volumen anual de negocio, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, al menos igual o superior a 36.000 euros.

— Solvencia técnica: se entenderá acreditada con la presentación de declaración firmada sobre las instalaciones de que disponga para la realización de la prestación, con indicación del número de plazas, personal para llevar a cabo la labor de venta de los tickets y otros medios de que disponga.

De conformidad con el artículo 16 de la LGS, las entidades colaboradoras deberán formalizar el convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por aquellas, cuyo modelo figura en el Anexo III de esta convocatoria.

No podrán ser entidades Colaboradoras las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la LGS.

Cuarto. Obligaciones de las entidades colaboradoras.—Son obligaciones de las entidades colaboradoras, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15.1 LGS:

a) Asumir la tramitación, gestión y distribución del 50 % del crédito de la convocatoria, en los términos expresados en la cláusula octava de esta convocatoria.

b) Tener el parking abierto al público en la Zona comercial urbana de Pozuelo Pueblo del municipio de Pozuelo de Alarcón en los días y horario establecido por los Parkings, debiendo estar anunciado en lugar visible para los vecinos.

c) Comunicar a la concejal-delegada de Comercio, Consumo, Empleo, Desarrollo Empresarial y Atención al Ciudadano cualquier variación que se produzca en los datos inicialmente indicados para adherirse al convenio, garantizando la confidencialidad de los datos suministrados.

d) Encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones con la Hacienda pública del Estado, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

e) Someterse a las actuaciones de inspección y control que el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón pueda efectuar respeto a la gestión de estas ayudas, y que permitan la justificación financiera ante la Intervención General Municipal y el Tribunal de Cuentas.

f) Dar la adecuada publicidad al carácter público de la cofinanciación en todas las actuaciones que se deriven de la ejecución del programa. En concreto, deberán hacer constar, en su publicidad o en la información que generen en relación con el programa subvencionado, la cofinanciación por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

g) Conservar los justificantes originales y el resto de la documentación relacionada con la ayuda otorgada durante un período de cinco años desde su concesión.

h) Disponer de los medios técnicos adecuados para la tramitación de la citada convocatoria.

i) Emitir los Tickets objeto de subvención diferenciados del ticket estándar, en caso de ser solicitado por la Concejalía.

j) Facilitar cuanta información y documentación precise para verificar la correcta aplicación de las subvenciones.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes entidades.—El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha en la que se publique el extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Requisitos de los Solicitantes.—Los solicitantes deben reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

Requisitos generales:

a) Los beneficiarios deberán estar al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Al tratarse de una ayuda que no supera 3.000 euros, y de acuerdo con el artículo 24 del RD 887/2006, de 21 de julio, el solicitante podrá optar por presentar la certificación de no tener deudas con Hacienda y con la Seguridad Social o sustituirla por la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud (Anexo IV).

b) No podrán ser beneficiarios si incurren en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 LGS.

Requisitos específicos: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas titulares del comercio que reúnan las siguientes circunstancias:

a) Que tengan un establecimiento comercial de venta de producto, artículos y/o servicios que constituyan acto de comercio, abierto al público y ubicado en el Área Comercial Urbana de Pozuelo Pueblo, de acuerdo a la relación de calles según Anexo I Delimitación geográfica del área comercial urbana Pozuelo de Alarcón - Pueblo.

b) Que se encuentren registrados en el Directorio General de Empresas y Comercios de Pozuelo de Alarcón.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes comercios.—El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el 1 de agosto a las 13:00 h.

Octavo. Formalización y presentación de solicitudes.—Solo se admitirá una solicitud por persona física o jurídica. En el caso de presentarse más de una, únicamente se tramitará la presentada en último lugar.

Los interesados presentarán su solicitud cumplimentando el formulario web denominado “Solicitud de subvenciones 1 hora de Parking Gratuito”, disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ( www.pozuelodealarcon.org ) que debe ser firmado por el/la solicitante, al que se acompañará la documentación que se indica a continuación.

Las personas físicas podrán optar por presentarlo de forma presencial, utilizando el formulario de solicitud (Anexo IV) cumplimentado y firmado por el interesado, junto a la documentación requerida, en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento y el resto de lugares establecidos en el artículo 16.4 LPAC.

Documentación: El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón recabará los datos que se indican a continuación, eximiéndole de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.2 LPAC, y/o facilitando su consentimiento en aquellas consultas que lo requieran. Podrá oponerse a la consulta de los datos en los términos expuestos en la cláusula de protección de datos de esta convocatoria.

En el caso de no autorizar las consultas que así lo requieran, la solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

En todo caso, la solicitud deberá ir acompañada obligatoriamente de la siguiente documentación:

— Certificado de situación del titular del comercio en el censo de actividades económicas de la AEAT.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.5 LGS, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente hará una relación de aquellas solicitudes que no reúnen los requisitos establecidos en esta convocatoria, requiriéndoles para que, en un plazo máximo de 10 días hábiles, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se le considerará desistido de su solicitud.

En Pozuelo de Alarcón, a 18 de julio de 2025.—La concejala-delegada de Comercio, Empleo, Desarrollo Empresarial y Atención al Ciudadano, Susana Penedo Jiménez.

(03/12.033/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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