Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
23-07-2025

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250723-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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EXTRACTO de la Orden de 17 de julio de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de convocatoria de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados, para 2025, impartidas en modalidad virtual.

BDNS: 847188

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/es/index ) y en la página web de la Comunidad de Madrid ( http://www.comunidad.madrid ).

Primero

Objeto

1. Se convocan subvenciones para la financiación de programas de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados para el año 2025.

2. Objeto de financiación en esta convocatoria serán los programas de formación vinculados al Catálogo Nacional de Estándares de Competencia Profesionales, de grado B, así como, si procede, del período de formación en empresa u organismo equiparado de 80 horas, necesario para obtener un grado C mediante la superación de los grados B que lo forman y las acciones formativas de idiomas del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), impartidos en modalidad virtual (teleformación).

3. La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva.

Segundo

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden las entidades de formación públicas o privadas, que deberán estar acreditadas e inscritas en su caso, en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, para las acciones formativas objeto de la formación solicitadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre.

Tercero

Régimen jurídico

Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación (“Boletín Oficial del Estado” núm. 239, de 5 de octubre de 2022).

Cuarto

Cuantía

El importe inicialmente previsto para los programas de formación vinculados al Catálogo Nacional de Estándares de Competencia Profesionales y para las acciones formativas de idiomas del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER) impartidos en modalidad virtual (teleformación), se eleva a 6.000.000 de euros, que serán financiados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Quinto

Presentación de la solicitud de subvención

El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 10 de septiembre 2025, inclusive. Por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones se publicará el texto íntegro de la orden de convocatoria en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.

En Madrid, a 17 de julio de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), la Viceconsejera de Economía y Empleo, María del Carmen Tejera Gimeno.

(03/12.029/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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