Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
31-07-2025

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250731-53

Páginas: 9


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de una línea subterránea de 66 kV desde la ST Algete hasta calle La Pedriza, número 12, en los términos municipales de Alcobendas, San Sebastián de los Reyes y Algete, solicitado por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. (número expediente: 2022P174 - 14-0141-00174.8/2022).

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 11 de marzo de 2022 y referencia 10/133990.9/22 tiene entrada en esta Dirección General escrito de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., en el que se solicita la autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado por María González Ramos con número de colegiado 20385 del COITIM.

Con fechas 25 de abril de 2023 y 20 de marzo de 2024 se adjuntan anexos y modificaciones al proyecto, firmado por el citado proyectista.

Segundo

Con fecha 25 de marzo de 2024 y ref. 14/008617.9/24 se da traslado al Área de Evaluación Ambiental la solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental simplificada, acompañada del documento ambiental, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación ambiental. Con fecha 11 de marzo de 2025 se emite Informe de Impacto Ambiental por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid (SEA 34/24), según lo establecido en la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Tercero

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una línea subterránea de 66 kV desde la ST Algete hasta calle La Pedriza, número 12, en los términos municipales de Alcobendas, San Sebastián de los Reyes y Algete solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 89, de 15 de abril de 2025).

Cuarto

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectadas: Ayuntamiento de Alcobendas, Ayuntamiento de Algete, Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, Cana Isabel II, Demarcación de Carreteras del Estado, Confederación Hidrográfica del Tajo, DG Carreteras de la Comunidad de Madrid, Enagás, Ordenación y Seguridad Minera de la Comunidad de Madrid, y Área de Vías Pecuarias.

Con fechas 9 de julio de 2024 y 2 de diciembre de 2024 tienen entrada en esta Dirección General los escritos del Canal de Isabel II y de la DG Carreteras de la Comunidad de Madrid, en el que se indican una serie de procedimientos y condicionantes a cumplimentar conforme a la legislación que le es de aplicación. Con fecha 23 de mayo de 2025 se recibe en esta Dirección General escrito de contestación por parte de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., manifestando su conformidad y aceptando lo indicado por dichos organismos.

Con fecha 15 de enero de 2025 tiene entrada en esta Dirección General escrito por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo, en el que se indican una serie de condicionantes, actuaciones y limitaciones con respecto a la legislación aplicable a tener en cuenta por parte del titular del proyecto en cuestión. Con fecha 22 de abril de 2025 se le da traslado por parte de esta Dirección General del último anexo del proyecto a la Confederación Hidrográfica del Tajo, en el que se tiene en cuenta las afecciones a dicho organismo. Habiéndose cumplido el plazo para su contestación, no se ha recibido respuesta por parte del organismo en cuestión.

Con fechas 15 de julio de 2024 y 11 de septiembre de 2024 tienen entrada en esta Dirección General escritos por parte de la Demarcación de Carreteras del Estado, en el que se indican una serie de afecciones y procedimientos a tener en cuenta durante la ejecución del proyecto. Con fecha 23 de mayo de 2025 se recibe en esta Dirección General un escrito de contestación de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., en el que indica la conformidad con lo dispuesto por la Demarcación de Carreteras del Estado, y acompañado de un informe de autorización por dicho organismo en lo referente a sus afecciones, firmado en fecha 6 de noviembre de 2024.

Quinto

Durante el plazo de información pública, se ha recibido en esta Dirección General escrito para la consulta del proyecto en cuestión por parte de Delta Energías Renovables, S. A., procediéndose a la misma el 7 de mayo de 2025, sin recibir ningún tipo de alegación posterior.

Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación de ninguno del resto de los organismos indicados.

Sexto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la instalación de una línea subterránea de 66 kV desde la ST Algete hasta calle La Pedriza, número 12, en los términos municipales de Alcobendas, San Sebastián de los Reyes y Algete, cuyas características y ubicación —en coordenadas UTM referidas al huso 30— son:

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de 36 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros, y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.

Cuarto

Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el Informe de Impacto Ambiental emitido por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid citado en los antecedentes de hecho (SEA 34/24) y señaladas en el Anexo adjunto a la presente resolución.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 27 de junio de 2025.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.











(02/11.428/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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