Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
01-08-2025

Sección 1.4.107.60: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250801-22

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID

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ACUERDO de 4 de julio de 2025, de prórroga del convenio de colaboración entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid en relación con la Tarjeta Azul.

Madrid, a 4 de julio de 2025.

REUNIDOS

De una parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (en adelante “CRTM”), designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 19 de julio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de julio de 2023 número 171), actuando para la firma de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985 de 16 de mayo, de creación del Consorcio y el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. .

De otra parte, el Ayuntamiento de Madrid, representado por D.a María Inmaculada Sanz Otero, titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, que actúa en virtud de las competencias que le atribuye el Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde por el que se nombra a los miembros de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, a los tenientes de alcalde, a los titulares de las áreas y a los concejales presidentes de distrito, y el aparatado 3.1.8 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

Ambas partes se reconocen mutuamente poder, competencia y legitimación bastante para formalizar el presente Convenio de colaboración,

MANIFIESTAN

El 2 de junio de 2023 el CRTM y el Ayuntamiento de Madrid suscribieron un Convenio que establece el marco de colaboración entre el Ayuntamiento y el CRTM, para la prestación de la “Tarjeta Azul”, en las condiciones relativas a su obtención y utilización aprobadas por el CRTM.

Dicho Convenio prevé en su cláusula 7.a una vigencia inicial de dos años a partir de su entrada en vigor, que tuvo lugar el 6 de agosto de 2023, plazo que podrá ser prorrogado por períodos adicionales, hasta un total de cuatro años.

Próxima la finalización del señalado período de vigencia inicial, ambas partes están de acuerdo en prorrogar el Convenio de Colaboración conforme a sus previsiones y, en tal sentido, adoptan el siguiente acuerdo de prórroga, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

CLÁUSULAS

Primera

Las partes firmantes acuerdan la prórroga del Convenio de colaboración entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid en relación con la Tarjeta Azul, suscrito con fecha 2 de junio de 2023, por un período de 2 años, cuyos efectos se extenderán, desde el 6 de agosto de 2025 hasta el 5 de agosto de 2027.

Segunda

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones previstas en la cláusula primera del convenio, denominada “Objeto y naturaleza del convenio”, de acuerdo con los compromisos suscritos en la cláusula segunda de dicho convenio.

Tercera

Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes se entenderán vigentes hasta la extinción de la presente prórroga.

Cuarta

La presente adenda tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluida del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en su artículo 6, sometiéndose a los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las normas generales del Derecho Administrativo, a las normas municipales sobre patrocinio, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.

En consecuencia, las discrepancias que pudieran surgir entre las partes que lo suscriben en relación con la interpretación, ejecución, cumplimiento y extinción se someterán a los tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con sede en Madrid.

Y, en prueba de conformidad y aceptación de cuanto antecede, los intervinientes firman el presente acuerdo de prórroga, en el lugar y fecha arriba indicados.

Madrid, a 4 de julio de 2025.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, el Presidente del Consejo de Administración, Jorge Rodrigo Domínguez.—Por el Ayuntamiento de Madrid, el Titular del Área Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

(03/11.628/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.107.60: I. COMUNIDAD DE MADRID

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