Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
01-08-2025

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250801-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

56
Humanes de Madrid. Régimen económico. Padrones fiscales

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria y en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación, habiéndose aprobado por Decreto del concejal-delegado de Hacienda de fecha 21 de julio de 2025 el padrón fiscal de la tasa por la prestación del servicio de recogida y tratamiento de residuos-basuras del ejercicio 2025, se pone en conocimiento que dicho padrón estará a disposición del público en el Departamento de Gestión Tributaria por el plazo de un mes a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los obligados al pago de la citada tasa podrán formular ante el Sr. alcalde recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la exposición pública del padrón. Dicha exposición tiene el carácter de notificación colectiva, de acuerdo con el art. 102.3 de la Ley General Tributaria.

Asimismo y por el mismo decreto, se fija el plazo de ingreso en vía voluntaria desde el día 1 de agosto hasta el día 30 de septiembre de 2025, ambos inclusive.

Transcurrido dicho plazo sin haberse verificado el ingreso, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva, con el recargo de apremio, intereses de demora y costas de acuerdo con lo establecido legalmente.

Humanes de Madrid, a 21 de julio de 2025.—El concejal-delegado Hacienda (Decreto 27/6/2024), Martín Alonso Mannens.

(01/12.082/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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