Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
04-08-2025

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250804-30

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

30
ORDEN de 21 de julio de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de la ampliación en 70.000 euros del crédito disponible destinado a dar cobertura presupuestaria a la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial para el año 2025.

Mediante Orden de 12 de febrero de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se convocaron ayudas dirigidas a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial.

Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria, se destinó el crédito presupuestario establecido en la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025, en relación con los objetivos y disponibilidades presupuestarias asignadas a este fin en el programa presupuestario 431A “Comercio”, subconcepto de gasto 46309, por una cuantía de 300.000 euros.

El Plan Estratégico de Subvenciones para esta línea de ayudas, aprobado por Orden de 28 de febrero de 2024, establece que los costes previsibles de esta línea de ayudas no superarán los 400.000 euros anuales, y que sus fuentes de financiación serán los créditos consignados en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid anualmente, con cargo al subconcepto de gasto 46309 del programa presupuestario 431A “Comercio”.

Por otra parte, el artículo 2 de la citada Orden de 12 de febrero de 2025, de convocatoria de ayudas, establece que la cuantía de 300.000 euros podría ser ampliada con una dotación económica adicional máxima de 70.000 euros, de conformidad con lo establecido en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 69.2 de la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025, quedando condicionada la efectividad de la ampliación a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de concesión de la subvención.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y realizada la instrucción de los expedientes de la línea de ayudas, se ha constatado la insuficiencia de crédito para atender a todas las solicitudes presentadas que cumplen con los requisitos fijados en la convocatoria, por lo que se considera necesaria la ampliación del crédito destinado a esta convocatoria, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente en el programa presupuestario 431A “Comercio”, subconcepto de gasto 46309, y proyecto de gasto número 2024/000500, “Promoción Comercial y Ferial Ayuntamientos”.

La convocatoria de ayudas se encuentra actualmente pendiente de resolución, conforme establece el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente y, teniendo en cuenta el expediente de ampliación de crédito tramitado al efecto.

RESUELVO

Primero

Ampliación del crédito presupuestario

1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria aprobada por Orden de 12 de febrero de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la promoción comercial y ferial, se amplía en 70.000 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente, por lo que la cuantía final destinada a estas ayudas en el año 2025 queda fijada en 370.000 euros, con cargo al programa presupuestario 431A “Comercio”, subconcepto de gasto 46309, proyecto de gasto número 2024/000500, “Promoción Comercial y Ferial Ayuntamientos”.

2. Dicho importe se encuentra dentro de los límites establecidos en la Orden de 28 de febrero de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones en materia de concesión de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial para el período 2024-2026, que establece que los costes previsibles de esta línea de ayudas no superarán los 400.000 euros anuales.

3. La publicación de esta Orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Segundo

Efectos

Esta Orden produce efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 21 de julio de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024), la Directora General de Comercio, Consumo y Servicios, Marta Nieto Novo.

(03/12.157/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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