Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
11-08-2025

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250811-20

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

20
ORDEN 2468/2025, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 174/2025, de 6 de febrero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, modificada mediante Orden 668/2025, de 26 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

La presente Orden se dicta en virtud de las memorias de la Directora General de Atención a Personas con Discapacidad y de la memoria del Director General de Servicios Sociales e Integración, ambas de fecha 18 de julio de 2025.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.

Mediante Orden 174/2025, de 6 de febrero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 668/2025, de 26 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, se modifica la Orden 174/2025, de 26 de marzo, incluyendo en el objetivo 11 una nueva línea 17: “Convenio con Plena Inclusión Madrid para la puesta en marcha de un proyecto piloto de sistema de apoyos autodirigidos para personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y grandes necesidades”.

Si bien este nuevo objetivo tenía un presupuesto de 1.000.000 de euros, por razones de estabilidad presupuestaria, se ha considerado necesario minorar la cuantía prevista para dicho convenio.

Por otra parte, el Plan Estratégico de Subvenciones para 2025 incluye, dentro del objetivo 2, la línea de subvención: “8. Convenio con la Fundación Red de Apoyo a la Integración Sociolaboral (RAIS-Hogar Sí) y la Asociación Provivienda para el desarrollo del proyecto “Hay futuro: soluciones al sinhogarismo juvenil”, con una dotación presupuestaria de 223.660,77 euros.

Se hace necesario modificar el Plan Estratégico de Subvenciones para 2025 con el fin de clarificar el importe concreto que se prevé conceder a cada una de las dos entidades para la ejecución conjunta de dicho convenio.

Por todo lo anterior, procede modificar el Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, con el fin de recoger estos cambios.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y de conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 7 de la mencionada Ley de Subvenciones en relación con el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

DISPONGO

Primero

Modificación del Plan Estratégico

1. Se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid en los términos y con el contenido que se indica a continuación:

Apartado 3. Costes presupuestarios previsibles:

1. En el Programa 231F: “Atención especializada a personas con discapacidad”, se modifica el importe del Convenio con Plena Inclusión Madrid para la puesta en marcha de un proyecto piloto de sistema de apoyos autodirigidos para personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y grandes necesidades.

2. En el Programa 232E: “Integración, participación social y lucha contra la exclusión”, se desglosa el importe del Convenio con la Fundación Red de Apoyo a la Integración Sociolaboral (RAIS-Hogar Sí) y la Asociación Provivienda para la implementación del proyecto “Hay Futuro: soluciones al sinhogarismo juvenil” con la aportación para cada entidad participante:



Segundo

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

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Esta Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 24 de julio de 2025.

La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO

(03/12.446/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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