Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
12-08-2025

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250812-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

RÉGIMEN ECONÓMICO

55
Nuevo Baztán. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno de esta entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2025, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.o 2397/2025, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de Tesorería para gastos generales.

Aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos n.o 2397/2025, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de Tesorería para gastos generales, por acuerdo del Pleno de 30 de julio de 2025, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad ( http://nuevobaztan.sedelectronica.es ).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Nuevo Baztán, a 1 de agosto de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Gemma Pacheco Huecas.

(03/12.793/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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