Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2025

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250813-14

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

14
ACUERDO 65/2025, de 24 de julio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del Plan Especial de Equipamientos “Ciudad de la Justicia” (documento julio 2025) en el término municipal de Madrid, promovido por la Dirección General de Infraestructuras Judiciales de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 24 de julio de 2025, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo de 16 de julio de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan Especial de Equipamientos “Ciudad de la Justicia” (documento julio de 2025) en el término municipal de Madrid promovido por la Dirección General de Infraestructuras Judiciales de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de conformidad con lo establecido en el artículo 59.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57, y 62.2 de la citada ley.

Segundo

Dar traslado al Registro de Planes de Ordenación Urbanística de la Comunidad de Madrid de un ejemplar completo del Plan Especial aprobado para que proceda de oficio a su inscripción, en base a lo establecido por el artículo 65.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Una vez inscrito en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística, publicar el presente acuerdo, así como el contenido íntegro del plan en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los términos previstos en el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 32 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, debe de quedar garantizada la información a que hacen referencia los artículos 16 y 26 de la misma

Cuarto

Remitir a la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible el documento de Plan Especial aprobado definitivamente, acompañado de certificación del acto aprobatorio, todo ello a los efectos previstos en los artículos 27.9 y 30 del Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea.

Quinto

Dar traslado del acuerdo al promotor y al Ayuntamiento de Madrid para su conocimiento y a los efectos oportunos.

Madrid, a 24 de julio de 2025.—El Secretario General Técnico y Secretario de la Comisión de Urbanismo, Manuel Miguel Beceiro Garat.

(03/12.855/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250813-14