Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
18-08-2025

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250818-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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ORDEN de 1 de agosto de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, de rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos de la Orden 1676/2021, de 16 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro de determinadas cuantías a los beneficiarios de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2019 mediante Orden de 21 de mayo de 2019.

Mediante Orden de 31 de diciembre de 2019, de la entonces Consejería de Vivienda y Administración Local, se aprueba la relación de beneficiarios, con indicación del número de orden de prelación obtenido conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden de 21 de mayo de 2019, número de expediente de solicitud de ayuda, nombre y apellidos, DNI/permiso de residencia y cuantía máxima anual de la subvención a percibir.

Habiendo obtenido la condición de beneficiarios y constatando que el importe efectivamente justificado era inferior al importe de concesión reconocido en la Orden de 31 de diciembre de 2019, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 14.1.b) de la Orden de 21 de mayo de 2019 por la que se convocan subvenciones para el año 2019 al alquiler de vivienda previstas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda, 2018-2021, declaró la pérdida del derecho al cobro de determinadas cuantías mediante la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 311 de 30 de diciembre de 2021 de la Orden 1676/2021, de 16 de diciembre.

Como consecuencia del Informe de fiscalización de los Planes de Vivienda en la Comunidad de Madrid 2013-2016 y 2018-2021, aprobado en fecha 18 de septiembre de 2024, se han detectado errores materiales, de hecho o aritméticos, que obligan a la modificación de la cuantía declarada como pérdida en la 1676/2021, de 16 de diciembre o a la inclusión de determinados beneficiarios en los listados aprobados por dicha Orden.

De conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos,

HA DISPUESTO

Rectificar la Orden 1676/2021, de 16 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, incluyendo a determinados beneficiarios o modificando las cuantías de las cantidades objeto de la declaración de pérdida del derecho al cobro por los beneficiarios de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2019 mediante Orden de 21 de mayo de 2019, en los siguientes términos:

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12.3 de la citada Orden, el listado será publicado a efectos de su consulta en la página sede electrónica de la Comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 1 de agosto de 2025.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2024), la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, María José Piccio-Marchetti Prado.

(03/12.911/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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