Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

Fecha del Boletín 
20-08-2025

Sección 1.4.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250820-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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RESOLUCIÓN de 6 de agosto de 2025, de la Dirección General de Infraestructuras de Transporte Colectivo de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, por la que se somete al trámite de información pública el mapa estratégico de ruido de las líneas ML2 y ML3 de Metro Ligero Oeste correspondiente a la cuarta fase.

Conforme a lo establecido en la Directiva Europea 2002/49/CE de 25 de junio, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental del Parlamento Europeo y del Consejo, y en el artículo 14 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, deben someterse a información pública los mapas estratégicos de ruido de los grandes ejes ferroviarios, entendiendo por tales aquellos tramos cuyo tráfico supera las 30.000 circulaciones anuales:

De conformidad con lo dispuesto en la Directiva Europea 2002/49/CE, la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido; el Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, de evaluación y gestión del ruido medioambiental, y el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la mencionada Ley 37/2003, en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, y en virtud de lo establecido en el artículos 14 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, procede someter a Información Pública el Mapa Estratégico de Ruido de las líneas ML2 y ML3 de Metro Ligero Oeste correspondiente a la fase IV, que comprende los siguientes tramos:

— ML2 Colonia Jardín-Estación de Aravaca.

— ML3 Colonia Jardín-Puerta de Boadilla.

El documento Mapa Estratégico de Ruido de Metro de Madrid, correspondiente a la fase IV, tiene como objeto presentar los resultados de la exposición al ruido procedente de las líneas ML2 y ML3 del Metro Ligero Oeste (MLO). El desarrollo del Mapa Estratégico de Ruido (MER) da cumplimiento a la normativa aplicable en materia de ruido a la vez que constituye una herramienta básica en la gestión del ruido para la mejora de la calidad acústica de las zonas afectadas.

Dicho documento cumple con los fines y contenido establecidos en el artículo 15 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, así como los requisitos mínimos del Anexo IV del Real Decreto 1513/2005.

En cumplimiento de lo anterior, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 244/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 237, de 5 de octubre),

RESUELVO

Someter al trámite de información pública, por plazo de un mes, el documento Mapa Estratégico de Ruido de las líneas ML2 y ML3 de Metro Ligero Oeste correspondiente a la Fase IV, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva Europea 2002/49/CE de 25 de junio, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental del Parlamento Europeo y del Consejo, y en el artículo 14 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, mediante la inserción del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos previstos en la legislación de ruido.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, de conformidad con la normativa vigente, el referido documento podrá consultarse durante el plazo de un mes en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid en el siguiente enlace:

https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/exped...

Asimismo, la documentación citada podrá ser examinado durante el plazo indicado de un mes en las dependencias de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, Subdirección General de Análisis y Organización, sita en la C/ Maudes, n.o 17, de Madrid, debiendo obtener cita previa a través del correo agtransportes@madrid.org o llamando al teléfono 915 803 183 (horario de atención 9:00-14:00 horas), desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y hasta el día en que termine el plazo de información pública.

Durante el expresado trámite de información pública, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, cuantas personas, organismos y administraciones públicas se consideren afectados por esta Resolución podrán formular alegaciones mediante escrito dirigido a la Subdirección General de Concesiones, Patrimonio y Conservación de la Dirección General de Infraestructuras de Transporte Colectivo de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 6 de agosto de 2025.—El Director General de Infraestructuras de Transporte Colectivo, P. D. F. (Resolución de 16 de julio de 2025), la Subdirectora General de Seguimiento, Análisis y Estudios, Marta Cristina Bravo Hildebrandt.

(03/13.086/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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