Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
21-08-2025

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250821-22

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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ACUERDO 63/2025, de 24 de julio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación definitiva del «Plan Especial de Infraestructuras “PEI-PFOT-201 PSFV de Camareta Solar y Cornamusa Solar”» (documento técnico julio 2024), en los términos municipales de Anchuelo y Villalbilla, promovido por Camareta Solar, S. L. y Cornamusa Solar, S. L.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 24 de julio de 2025, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo de 10 de julio de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente,

ACUERDO

Primero

Estimar parcialmente las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública en los términos y con base en los argumentos recogidos en el informe emitido por el Área de Planeamiento 4 de la Dirección General de Urbanismo, de fecha 25 de junio de 2025; y en el informe emitido por el Área de Tramitación y Resolución de Procedimientos de la Dirección General de Urbanismo, de fecha 7 de julio de 2025.

Segundo

Aprobar definitivamente el Plan Especial relativo al “PEI-PFOT-201 PSFV de Camareta Solar y Cornamusa Solar” (documento técnico julio 2024) en los términos municipales de Anchuelo y Villalbilla, promovido por Camareta Solar, S. L. y Cornamusa Solar, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57, 59.3 y 62.2 de la citada ley.

Tercero

Dar traslado al Registro de Planes de Ordenación Urbanística de la Comunidad de Madrid de un ejemplar completo del Plan Especial aprobado para que proceda de oficio a su inscripción, en base a lo establecido por el artículo 65.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Una vez inscrito en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística, publicar el presente acuerdo, así como el contenido íntegro del plan en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los términos previstos en el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, debe de quedar garantizada la información a que hacen referencia los artículos 16 y 26 de la misma.

Quinto

Remitir al Ministerio de Defensa el documento de Plan Especial aprobado definitivamente, acompañado de certificación del acto aprobatorio, todo ello a los efectos previstos en los artículos 27.9 y 30 del Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea.

Sexto

Dar traslado del acuerdo al promotor y a los municipios afectados para su conocimiento y a los efectos oportunos.

Madrid, a 24 de julio de 2025.—El Secretario General Técnico, Secretario de la Comisión de Urbanismo, Manuel Miguel Beceiro Garat.

(02/13.003/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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