Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
21-08-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250821-5

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

5
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2025, de la Dirección General de Función Pública, mediante la que se modifica la Resolución de 24 de enero de 2025, de dicho centro directivo, por la que se resuelven las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 2718/2022, de 24 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre), se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

Por Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 32, de 7 de febrero), fue resuelto el mencionado proceso selectivo, incorporándose, como Anexo, la relación de personas aspirantes que lo habían superado, conforme a la propuesta a tal efecto formulada por el Tribunal Calificador de las aludidas pruebas, y debiendo procederse por quienes integraban ese listado a la acreditación, en el plazo y forma establecidos en dicha disposición, del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en la referida Orden de convocatoria y demás normativa aplicable al especificado proceso selectivo, y a la elección de destinos en atención a la posición que en él hubieran obtenido y según la relación de puestos de trabajo ofertados.

No obstante, el referido Tribunal, mediante comunicación de 5 de agosto de 2025, hizo pública la modificación de la relación de aspirantes que superan el proceso selectivo, a la vista de lo solicitado en relación al criterio de desempate por el interesado D. Francisco Javier Rodríguez Sánchez, participante en el indicado proceso selectivo y que formaba parte de la expresada relación de aprobados del mismo. Dicha modificación supone la alteración del orden en la relación de aprobados, de modo que D. Francisco Javier Rodríguez Sánchez pasa a ocupar el número 4 y D.a María Carmen Domínguez Vega figura en el número 5. La mencionada comunicación del Tribunal puede consultarse en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid y en la página web del proceso selectivo a través de los siguientes enlaces:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/tecnicos-superior-administra...

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-superiores-admini...

A la vista de lo expuesto, deviene necesario habilitar un nuevo plazo a fin de que la interesada que, tras la citada modificación, figura en el número 5 de la relación de aprobados, practique la petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo.

Así pues, en virtud de cuanto antecede, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Proceder a la publicación de un nuevo Anexo de personas aspirantes aprobadas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

Segundo

1. Con objeto de proceder a su nombramiento como personal funcionario de carrera del Cuerpo de referencia, la persona aspirante que a continuación se relaciona:

Dispondrá de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para elegir destino, presentando la documentación que se indica, de conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo de la base décima de la aludida Orden 2718/2022, de 24 de noviembre, que será dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo:

A) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados, que habrá de ser proporcionada a las personas aspirantes aprobadas, en el mismo plazo contemplado en este apartado segundo, por la citada Dirección General de Recursos Humanos, sin perjuicio de que dicha relación se encuentre igualmente disponible, a título meramente informativo, en la página web:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-superiores-admini...

2. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado de “Formulario de elección de plaza”, que se encontrará disponible en el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/tecnicos-superior-administra... y adjuntándose a aquel la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.

Asimismo, dicho trámite estará enlazado en la página web del proceso selectivo accesible desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-superiores-admini...

A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros citados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

Tercero

De conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la señalada Orden 290/2018, de 27 de junio, aquellas personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto

Salvo que estén incluidos en el apartado Segundo de esta Resolución, los aspirantes que ya aportaron documentación y eligieron destino en el plazo y en los términos establecidos en la Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 32, de 7 de febrero), no deben aportarla en este nuevo plazo.

Quinto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid a 8 de agosto de 2025.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/13.158/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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