Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208

Fecha del Boletín 
01-09-2025

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250901-16

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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EXTRACTO de la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convoca el certamen literario “Cuéntame la UE” para el año 2025.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( htttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.madrid.org ).

BDNS: 852090 y 852092

Primero

Objeto

1. El objeto de la presente Orden es convocar el certamen literario “Cuéntame la UE” para 2025. Las candidaturas consistirán en la presentación de cuentos en lengua española, que deberán ser originales e inéditos.

2. Las ayudas reguladas en la convocatoria están destinadas a la concesión de premios en especie consistentes en un viaje cultural relacionado con la Unión Europea para los ganadores del certamen de literatura infantil mencionado. Cada concursante podrá participar en el certamen con un cuento original de su autoría por cada categoría: primera categoría para niños de 1.o, 2.o y 3.o de Educación Primaria y segunda categoría para niños de 4.o, 5.o y 6.o de Educación Primaria y podrá resultar premiado en ambas.

3. Este certamen tiene la finalidad de acercar la Unión Europea al público infantil mediante el impulso a la creación de cuentos por autores de literatura infantil, orientados a su uso posterior como material en campañas de cuentacuentos para niños.

Segundo

Beneficiarios

Podrán participar en el certamen todas las personas físicas mayores de edad, con residencia en la Comunidad de Madrid, siempre que presenten sus candidaturas de conformidad con la convocatoria.

La observancia de estos requisitos deberá llevarse a cabo mediante la presentación por los solicitantes de la documentación acreditativa que se recoge en el apartado 7 de la Orden de Convocatoria.

Tercero

Bases reguladoras

La convocatoria y concesión de los premios se realizará de acuerdo con la Orden de 21 de febrero de 2025 del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán las convocatorias del certamen literario “Cuéntame la UE”, modificada por la Orden de 19 de mayo de 2025 del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, debiéndose entender que todas las referencias incluidas en ellas al “Director o Dirección General competente en materia de Unión Europea”, están hechas, a la fecha de publicación de la convocatoria, a la Directora o Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea (calle Carretas, 4, de Madrid) de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

Cuarto

Premios: dotación y concesión

1. El importe máximo destinado a la financiación de todos los premios de la convocatoria para el año 2025, ascenderá a 12.000 euros.

2. De entre todas las candidaturas se seleccionarán para cada categoría, aquellas que recibirán respectivamente un primer premio, un segundo premio y un tercer premio, que consistirán en un viaje cultural a un destino vinculado con la Unión Europea. Dichos viajes estarán valorados en los siguientes importes máximos y destinos:

— Categoría “Pequeños” (cuentos destinados a un público de 1.o-3.o Educación Primaria):

• Primer premio: Un viaje a Estrasburgo por un importe máximo de 3.000 euros.

• Segundo premio: Un viaje a Bruselas por un importe máximo de 2.000 euros.

• Tercer premio: un viaje a una ciudad española que haya sido Capital Europea de la Cultura, pudiendo ser Salamanca, Santiago de Compostela o San Sebastián, por un importe máximo de 1.000 euros.

— Categoría “Mayores” (cuentos destinados a un público de 4.o-6.o Educación Primaria):

• Primer premio: un viaje a Estrasburgo por un importe máximo de 3.000 euros.

• Segundo premio: un viaje a Bruselas por un importe máximo de 2.000 euros.

• Tercer premio: un viaje a una ciudad española que haya sido Capital Europea de la Cultura, pudiendo ser Salamanca, Santiago de Compostela o San Sebastián, por un importe máximo de 1.000 euros.

2. El importe de los premios estará sujeto a las retenciones fiscales según la legislación tributaria española ya que constituyen una ganancia patrimonial sujeta a tributación en el IRPF del beneficiario. la Comunidad de Madrid practicará un ingreso a cuenta del 19 % del valor del premio que será considerado como mayor valor del premio, a efectos fiscales.

Quinto

Evaluación de las candidaturas y criterios de valoración

1. La Comisión Técnica de Valoración examinará las candidaturas y realizará su evaluación considerando la calidad literaria, la relación con la temática propuesta en el apartado 3 y la adecuación de las orientaciones didácticas, de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Originalidad, creatividad y calidad literaria de la propuesta (50 %).

Este criterio evaluará:

1.o La originalidad y creatividad del enfoque narrativo.

2.o La calidad en el uso del lenguaje, incluyendo el vocabulario, estilo y estructura del cuento.

3.o La coherencia y claridad del relato, así como su capacidad para captar y mantener el interés del público infantil.

b) Adecuación del trabajo al tema propuesto y a los objetivos del certamen (50 %)

Este criterio valorará:

1.o El rigor en el tratamiento de la temática de la Unión Europea, adaptada al nivel de comprensión del público infantil.

2.o El cumplimiento de los objetivos del certamen, como el fomento del interés por la Unión Europea y su funcionamiento.

3.o La calidad y utilidad de las orientaciones didácticas para su aplicación en actividades de cuentacuentos, asegurando que las indicaciones sean prácticas y faciliten la comprensión de los conceptos europeos.

2. Si, a juicio de la Comisión Técnica de Valoración, alguna de las candidaturas presentadas no reúne los méritos suficientes para ser galardonada con los premios de la convocatoria o no alcanza los requisitos mínimos de calidad exigidos, dicha candidatura no será incluida en la lista de prelación.

Sexto

Solicitudes y documentación

1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 40 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto de convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y se presentarán debidamente cumplimentadas y firmadas, dirigidas a la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.

2. La solicitud de inscripción se podrá presentar:

a) Electrónicamente, en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, siguiendo el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección electrónica https://sede.comunidad.madrid/ , y dirigida a la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.

b) Presencialmente, en las oficinas de registro de la Comunidad de Madrid.

También podrá presentarse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo

Resolución y Notificación

1. El plazo máximo para notificar la resolución del procedimiento será de tres meses contados desde el día siguiente a la fecha final del plazo de presentación de instancias.

2. La resolución será notificada por medios electrónicos, de acuerdo con los artículos 40 y 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se efectuarán a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas, disponible en el apartado de Gestiones y Trámites del portal www.comunidad.madrid , si así lo indica en el impreso de solicitud y se ha dado de alta en el mencionado sistema.

En Madrid, a 14 de agosto de 2025.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN

(03/13.418/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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