Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
05-09-2025

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250905-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Belmonte de Tajo. Régimen económico. Padrones fiscales

D. Roberto Morate Carralero, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el Real Decreto-Ley 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria,

RESUELVO

Primero. Aprobar los siguientes padrones del ejercicio 2025:

— Impuesto sobre actividades económicas, con un total de 12 recibos, por un importe de 4.843,29 euros.

— Reserva de paso exclusivo para vado, con un total de 115 recibos, por un importe de 5.531,00 euros.

— Recogida de residuos sólidos urbanos (basuras), con un total de 967 recibos, por importe de 34.837,92 euros.

Segundo. El plazo de ingreso en voluntaria será desde el 15 de septiembre al 15 de noviembre de 2025, ambos inclusive.

El lugar y forma de pago se podrá hacer mediante ingreso en las cuentas que tiene abiertas este Ayuntamiento en las entidades bancarias Caixabank y Eurocaja Rural.

Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora, y en su caso, las costas que se produzcan a tener de lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Tercero. Notificar a las entidades colaboradoras para que procedan a su cobro.

Cuarto. Publicar anuncio en la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Belmonte de Tajo, a 25 de agosto de 2025.—El alcalde, Roberto Morate Carralero.

(01/13.704/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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