Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
05-09-2025

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250905-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE VELASCO

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Torrejón de Velasco. Régimen económico. Padrón fiscal

Habiéndose aprobado por Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de agosto de 2025, el padrón fiscal correspondiente a la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local del segundo semestre 2025, se expone al público por espacio de quince días, en las oficinas de la Recaudación Municipal, a fin de que los legítimamente interesados puedan examinarlo e interponer las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. La exposición pública producirá los efectos de notificación colectiva del padrón y datos consignados en el mismo a cada uno de los sujetos pasivos de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Contra la exposición del padrón los legítimamente interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del período de exposición pública del padrón aprobado.

Asimismo, se comunica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer la fecha de cobranza en período voluntario:

Padrón. Tasa gestión residuos segundo semestre 2025: de 1 de octubre de 2025 a 1 de diciembre de 2025.

Formas de pago: En cualquier sucursal de Caixabank si está en período voluntario.

Otra modalidad posible para efectuar los pagos en período voluntario, tipificado en el artículo 38 del Reglamento General de Recaudación, es la domiciliación de pagos de los recibos a través de cualquiera de las entidades bancarias y cajas de ahorro, aunque no sean las relacionadas anteriormente. Las órdenes de domiciliación recibidas una vez aprobado el padrón no surtirán efectos en el presente ejercicio, sino a partir del período voluntario de cobranza del ejercicio siguiente y sucesivos.

La domiciliación bancaria de los recibos, se atenderá según lo dispuesto en el siguiente cuadro:

Padrón. Tasa gestión residuos segundo semestre 2025 (cargo en cuenta bancaria): 1 de diciembre de 2025.

Período ejecutivo: Se inicia vencido el período voluntario y determina el devengo de los recargos del período ejecutivo y de los intereses de demora previstos en los artículos 28 y 26 de la Ley General Tributaria. Si la deuda tributaria no ingresada en el citado período voluntario se satisface antes de que se notifique al deudor la providencia de apremio, el recargo de apremio será del 5 % y no se exigirán intereses de demora.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Torrejón de Velasco, a 27 de agosto de 2025.—El segundo teniente de alcalde y concejal-delegado del Área de Economía y Hacienda, José Hernando Andrés.

(01/13.732/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250905-52