Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
15-09-2025

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250915-103

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA

RÉGIMEN ECONÓMICO

103
Sevilla la Nueva. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Acuerdo del Pleno de fecha 24 de julio de 2025 de la Entidad de Sevilla la Nueva por el que se aprueba definitivamente la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales del Dominio Público Local.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales del Dominio Público Local, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«Primero.—Añadir al final del Artículo 4, Cuota Tributaría, el siguiente texto:

Exenciones: Para barras en fiestas patronales de aquellos bares que ya paguen Tasa de ocupación de mesas y sillas con fines lucrativos, siempre previa solicitud de su ubicación, la tasa de Ocupación del dominio público local estará exenta.

Segundo.—Añadir una Disposición Transitoria con motivo de las obras integrales de la Plaza España, que queda redactada de la siguiente manera:

“DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Durante el período de ejecución de las obras para la adecuación y embellecimiento integrales de la Plaza de España, se suprime las tasas por ocupación con mesas y sillas del epígrafe g) de la presente ordenanza, exclusivamente por las mesas y sillas ubicadas en Plaza de España para los ejercicios en los que se desarrollen y finalicen las obras mencionadas”».

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Sevilla la Nueva, a 4 de septiembre de 2025.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.

(03/14.150/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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