Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
18-09-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250918-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Con fecha 26 de agosto se ha dictado el siguiente decreto del Sr. alcalde, número 2688/2025, de avocación de competencias, que en su parte resolutiva dispone:

Primero.—Avocar, en aquellos contratos de mi competencia, dentro de la delegación efectuada a favor de la Junta de Gobierno Local, con fecha 23 de junio de 2023, mediante decreto de Alcaldía número 1974/2023, la competencia para la designación de la unidad u órgano competente apertura y requerimiento de la documentación a la que se refieren los artículos 150.1 y 150.2 LCSP.

Segundo.—Delegar en la jefatura de contratación de este Ayuntamiento y en el funcionario que ejerce la jefatura del Departamento de Contratación en el municipio de Griñón para aquellos contratos que sean tramitados por el Ayuntamiento de Griñón en virtud de la encomienda de gestión vigente, la apertura y requerimiento de la documentación a la que se refieren los artículos 150.1 y 150.2 LCSP, la emisión de informe al respecto para su posterior remisión a la Mesa de Contratación

Tercero.—La avocación y la delegación surtirán efectos en el momento en el que se suscriba el presente acto administrativo, independientemente del momento de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto.—Publicar el presente decreto en el “perfil del contratante” del Órgano de Contratación, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

Quinto.—Contra el acto de avocación y de delegación, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca su notificación o publicación, según los casos; o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado de igual forma, y conforme a las normas de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Frente al fondo del asunto objeto del presente decreto no cabe recurso al tratarse acto de trámite.

Sexto.—Dar cuenta del presente decreto al Pleno del Ayuntamiento, en la primera sesión ordinaria que celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del ROF.

Séptimo.—Comunicar a la Mesa, a la Jefa de contratación del Ayuntamiento de Arroyomolinos y al funcionario que ejerce la jefatura del Departamento de Contratación en el municipio de Griñón para aquellos contratos que sean tramitados por el Ayuntamiento de Griñón, en virtud de la encomienda de gestión vigente.

En Arroyomolinos, a 8 de septiembre de 2025.—El alcalde, Luis Quiroga Toledo.

(03/14.338/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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