Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
18-09-2025

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250918-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 3 de marzo de 2025, por el que se aprueban las bases que regulan la convocatoria del Plan de Ayudas municipales para obligaciones derivadas del mantenimiento de la vivienda habitual 2025.

BNDS: 856059

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/856059 )

1. Objeto

Las presentes bases tienen por objeto regir el Plan de Ayudas 2025, dirigido a apoyar económicamente a la ciudadanía del municipio de Rivas-Vaciamadrid para colaborar como compensación en los gastos derivados y/o repercutidos del mantenimiento de la vivienda que constituya su domicilio habitual.

2. Regulación jurídica

El procedimiento se regirá por lo dispuesto en las presentes bases y en su defecto, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

3. Beneficiarios

Las personas físicas empadronadas en el municipio de Rivas-Vaciamadrid con al menos 6 meses de antigüedad en la vivienda para la que se solicita la ayuda y que sean titulares (en régimen de propiedad, usufructo o por contrato de arrendamiento) de la vivienda que constituya su domicilio habitual a 1 de enero del año 2025.

4. Procedimiento de concesión

El presente Plan de Ayudas contempla tres Líneas de Ayudas:

A) Línea general de ayudas.

B) Línea de ayudas para titulares de arrendamiento de vivienda titularidad de la EMV como domicilio habitual.

C) Línea de ayudas para titulares de arrendamiento de vivienda como domicilio habitual.

5. Plazo y lugar de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 30 de abril de 2025 ambos inclusive.

La presentación de las ayudas a la ciudadanía, las solicitudes y la documentación adjunta presentadas al presente Plan se formalizarán de tres maneras posibles:

1. Tramitación electrónica: A través del trámite existente en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid denominado "Ayudas al mantenimiento de viviendas" Pinche en el botón “Acceder al Servicio”. Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://www.rivasciudad.es/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica.... o Cumplimente la solicitud electrónica y adjunte la documentación requerida, en virtud de lo establecido en el artículo 66, apartado 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía: (en este caso se deberán presentar documentos originales para su cotejo y digitalización, mientras que la solicitud electrónica será rellenada por el propio personal funcionario habilitado en materia de registro con los datos que le indique la persona solicitante).

— Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/

— También puede solicitar su cita a través de los teléfonos: 916 700 000 y 010 (teléfono de facturación especial).

3. Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: o Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

— En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.

— En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

— En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

— En las oficinas de asistencia en materia de registros.

— En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

6. Cuantía

El presupuesto de la presente convocatoria asciende a ciento diez mil quinientos euros (110.500,00 euros) que se financian íntegramente con presupuesto municipal en la línea de ayudas denominada 0314/23100/48000 ayuda mantenimiento vivienda habitual.

7. Período subvencionable

Año 2025.

8. Justificación

No hay justificación.

En Rivas-Vaciamadrid, a 6 de marzo de 2025.—La alcaldesa, Aida Castillejo Parrilla.

(03/14.554/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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