Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
22-09-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250922-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

68
Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana

El Pleno del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, en sesión ordinaria celebrada el 30 de junio de 2025, ha adoptado entre otros los siguientes acuerdos:

Primero.—La aprobación inicial de la ordenanza municipal de convivencia ciudadana del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón.

Segundo.—Publicar este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, en la web municipal, al objeto de que, durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el boletín oficial, los ciudadanos puedan presentar las reclamaciones y/o sugerencias que consideren oportunas.

Tercero.—En caso de no presentarse reclamaciones ni sugerencias, se entenderá aprobada definitivamente la ordenanza, a cuyo efecto por la Alcaldía se ordenarán los trámites necesarios para la conclusión del procedimiento y su entrada en vigor.

Cuarto.—Que el acuerdo de aprobación definitiva o, en su caso, el acuerdo de aprobación inicial elevado automáticamente a aquella categoría, junto con el texto de la ordenanza, se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto.—Que se comuniquen los acuerdos correspondientes a las Administraciones del Estado y de la Comunidad Autónoma en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 196.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. La ordenanza no entrará en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Sexto.—Contra el acuerdo definitivo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Villaviciosa de Odón, a 11 de septiembre de 2025.—El secretario general, Alfonso Beceiro Leboso.

(03/14.539/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250922-68