Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
30-09-2025

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250930-30

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

30
ORDEN 3614/2025, de 17 de septiembre, de corrección de errores de la Orden 3452/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifican las líneas de subvención 11, 14, 15, 25, 35, 61, 65, 68 y 69 del Anexo I y se crea la línea 3 del Anexo V del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febrero.

Con fecha 12 de septiembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 218) se publicó la Orden 3452/2025, de 1 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifican las líneas de subvención 11, 14, 15, 25, 35, 61, 65, 68 y 69 del Anexo I y se crea la línea 3 del Anexo V del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febrero.

Por parte de la Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación se pone de manifiesto un error material en el importe de convocatoria de 2025 en la ficha 35 del Anexo I (Establecimiento de Nuevos Agricultores).

Advertido dicho error material, y de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se señala que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

DISPONGO

Primero

Corregir el error material detectado en los costes previsibles para la realización para el año 2025 de la línea de subvención 35 del Anexo I de la Orden 3452/2025, de 1 de septiembre de 2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifican las líneas de subvención 11, 14, 15, 25, 35, 61, 65, 68 y 69 del Anexo I y se crea la línea 3 del anexo V del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febrero. Donde dice 200.000 euros debe decir 300.000 euros, tal y como se recoge en el Anexo de esta Orden.

Madrid, a 17 de septiembre de 2025.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 72, de 25 de marzo de 2024), el Secretario General Técnico, Manuel Beceiro Garat.

(03/14.905/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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