Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
30-09-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250930-66

Páginas: 6


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Ordenanza fiscal

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 18 de septiembre de 2025, previa resolución de las reclamaciones presentadas en el periodo de información pública subsiguiente al anuncio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 178, de 28 de julio de 2025, ha aprobado definitivamente la modificación parcial de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y tratamiento de residuos y la modificación parcial del articulado de la ordenanza fiscal general de gestión, inspección, revisión y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

En ejecución de dicho acuerdo, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, se procede a publicar, a continuación, para su entrada en vigor el texto íntegro de las mismas.

MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA ORDENANZA FISCAL GENERAL DE GESTIÓN, INSPECCIÓN, REVISIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS TRIBUTOS Y OTROS INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

1.o Se modifica el artículo 136.1, letra e), con la siguiente redacción:

e) Tasa por el servicio de recogida y tratamiento de residuos:

Desde el día 1 de junio al 31 de julio.











Contra el precedente acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Pozuelo de Alarcón, a 19 de septiembre de 2025.—El Secretario General del Pleno, Gonzalo Cerrillo Cruz.

(03/14.986/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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